Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2018 (07/05/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Lunes 7 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

19

a los Sujetos Pasivos de la expropiación y el área del inmueble afectado, iii) describe de manera precisa el área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra, los linderos, medidas perimétricas y el área total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal, iv) los Sujetos Pasivos tienen su derecho de propiedad inscrito en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ SUNARP, v) obra inscrita la Anotación Preventiva de Adquisición en la Partida Registral del inmueble afectado y vi) la oferta de adquisición se ha considerado rechazada, de conformidad con lo establecido en el numeral 20.5 del artículo 20 de la Ley, recomendando la expedición de la resolución ministerial que apruebe la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado y el valor de la Tasación, precisando que el Registrador, bajo responsabilidad, debe levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral; asimismo, adjunta el Certificado de Búsqueda Catastral, el Certificado Registral Inmobiliario y la disponibilidad presupuestal de la Oficina de Programación, Evaluación e Información de PROVIAS NACIONAL para la expropiación del área del predio afectado, contenida en el Informe N° 360-2018-MTC/20.4; Que, con los Informes Nos. 1762-2017-MTC/20.3 y 5112018-MTC/20.3, la Oficina de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL concluye que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley y en mérito a lo opinado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, resulta legalmente viable la aprobación de la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la Obra y su respectivo valor de Tasación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modificatorias, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Autopista del Sol (Trujillo - Chiclayo - Piura - Sullana)", y el valor de la Tasación del mismo por el monto de S/ 1,782.91, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución.

Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble afectado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del Beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL PREDIO AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO-CHICLAYO-PIURA-SULLANA)"
No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETOS PASIVOS IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE
CÓDIGO: PAS-EV05-VEN-014 ÁREA AFECTADA: 331.87 m2 AFECTACION: Parcial del Inmueble

VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE AFECTADA: WGS 84 · Norte: Punto de intersección oeste-este con 0.00 m. VÉRTICE LADO DISTANCIA (m) · Sur: Propiedad de terceros, con 5.00 m y 12.53 m. ESTE (X) NORTE (Y) · Este: Propiedad de la Cooperativa Agraria de Trabajadores A A-B 13.94 666702.9674 9178505.8396 San Pedro Ltda. N° 019, con 13.94 m y 20.26 m. · Oeste: Propiedad de terceros, con 37.09 m B B-C 20.26 666707.8559 9178492.7997 C MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES / PROVIAS NACIONAL PATROCINIO MENDOZA CASTILLO y RAFAELA NARRO LLATAS D E C-D D-E E-A 5.00 12.53 37.09 666709.6259 666704.6359 666692.2635 9178472.6197 9178472.2997 9178470.3320 1,782.91

1

PARTIDA REGISTRAL N°: 04004779 de la Zona Registral N° V ­ Sede Trujillo, Oficina Registral de San Pedro. CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Expedido el 13.09.2017 (Informe N°6662-2017-ZR-V-ST/OC) por la Zona Registral N° V ­ Sede Trujillo, Oficina Registral de Trujillo. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Expedido el 02.10.2017 por la Zona Registral N° V ­ Sede Trujillo, Oficina Registral de San Pedro.

1644245-7

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.