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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2018 (15/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Martes 15 de mayo de 2018 El Peruano / MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 154 666 938,00), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para fi nanciar el costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de la salud nombrado en el año 2017, así como el cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrera del personal de la salud autorizado mediante la Ley N° 30657, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación en el marco del Decreto Legislativo 1153; conforme a lo dispuesto en la parte considerativa del presente decreto supremo, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y PresupuestoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 154 666 938,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 154 666 938,00 ============ A LA: En SolesSECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 131 : Instituto Nacional de Salud ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 195 538,00 PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 821 444,00 SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 152 649 956,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 154 666 938,00 ============ 1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas señalada en el numeral 1.1, del presente artículo, se efectúa a nivel de pliego, de acuerdo al Anexo N° 1: Costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de la salud nombrado en el año 2017 y Anexo N° 2: Costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de la salud comprendido en el cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrerea, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo y se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano.Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codi ficaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi ficación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a los que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República DAVID ALFREDO TUESTA CÁRDENAS Ministro de Economía y Finanzas SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1647865-4 INTERIOR Nombran Fiscal Supremo ante la Sala Suprema Revisora del Tribunal Supremo Militar Policial RESOLUCIÓN SUPREMA N° 037-2018-IN Lima, 14 de mayo de 2018 VISTOS; el O fi cio N° 031-2018/P-FMP/P de la Presidencia del Fuero Militar Policial; el O fi cio N° 651-2018-DGPNP/SEC del Secretario de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Dictamen N° 499-2017-DGPNP/SECEJE/DIRASJUR/DIVDJPN/DEPI de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 135-2018-DIRREHUM PNP de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú; y, el Informe N° 001370-2018/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el inciso 1 del artículo 139 de la Constitución Política del Perú, determina la unidad y exclusividad de la función jurisdiccional y precisa que no existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente, con excepción de la militar y la arbitral;