Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2018 (15/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Martes 15 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 154 666 938,00), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de la salud nombrado en el año 2017, así como el cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrera del personal de la salud autorizado mediante la Ley N° 30657, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación en el marco del Decreto Legislativo 1153; conforme a lo dispuesto en la parte considerativa del presente decreto supremo, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central - MINSA

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a los que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República DAVID ALFREDO TUESTA CÁRDENAS Ministro de Economía y Finanzas SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1647865-4

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

154 666 938,00 --------------------TOTAL EGRESOS 154 666 938,00 ============ En Soles : Gobierno Central 131 : Instituto Nacional de Salud

A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales PLIEGO

195 538,00 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas ­ INEN

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales SECCION SEGUNDA PLIEGOS

INTERIOR
1 821 444,00 : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales

Nombran Fiscal Supremo ante la Sala Suprema Revisora del Tribunal Supremo Militar Policial
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 037-2018-IN Lima, 14 de mayo de 2018

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

152 649 956,00 --------------------TOTAL EGRESOS 154 666 938,00 ============

1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas señalada en el numeral 1.1, del presente artículo, se efectúa a nivel de pliego, de acuerdo al Anexo N° 1: Costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de la salud nombrado en el año 2017 y Anexo N° 2: Costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de la salud comprendido en el cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrerea, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo y se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

VISTOS; el Oficio N° 031-2018/P-FMP/P de la Presidencia del Fuero Militar Policial; el Oficio N° 651-2018-DGPNP/SEC del Secretario de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Dictamen N° 499-2017-DGPNP/SECEJE/DIRASJUR/DIVDJPN/ DEPI de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 135-2018-DIRREHUM PNP de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú; y, el Informe N° 001370-2018/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el inciso 1 del artículo 139 de la Constitución Política del Perú, determina la unidad y exclusividad de la función jurisdiccional y precisa que no existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente, con excepción de la militar y la arbitral;

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