Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2018 (19/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Sábado 19 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES
REGIONAL EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO:

63

HA APROBADO SIGUIENTE:

LA

ORDENANZA

Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Artículo 62° del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF Institucional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/CR, modificado por Ordenanza Regional N° 012-2012-GR-LL/CR, quedando como sigue: "Artículo 62°.- La Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, para el cumplimiento de funciones, tiene como unidades orgánicas estructuradas a: - Gerencia Regional. - Sub Gerencia de Desarrollo Social. - Sub Gerencia de Inclusión Social. - Centro de Atención Residencial Aldea Infantil "SANTA ROSA". Artículo Segundo.- DEJAR SUBSISTENTES O VIGENTES las demás disposiciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF Institucional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008-2011-GRLL/CR que no se opongan a los artículos precedentes. Artículo Tercero.- DISPONER al Gobierno Regional La Libertad, la correcta implementación y consiguiente aplicación y cumplimiento de la presente norma. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano" y será difundida a través del portal institucional electrónico del Gobierno Regional La Libertad. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. FRANK EDUARDO SÁNCHEZ ROMERO Presidente Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, a 10 de abril de 2018. LUIS A. VALDEZ FARÍAS Gobernador Regional 1649046-1 DEL

En Sesión Ordinaria de fecha 3 de abril del año 2018, el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, sobre el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a aprobar la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad vigente, con la inclusión del Anexo N° 1; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal; siendo competentes entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 1920 de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 27680 y el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867; Que, el numeral 1 inciso c) del artículo 10° de la Ley Orgánica antes acotada, prescribe que es competencia exclusiva del Gobierno Regional, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional, conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 380 de la acotada Ley, que establece: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)"; Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo Nº 0302002-PCM que aprueba su Reglamento, declara al Estado Peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, aprueba los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), por parte de las Entidades de la Administración Pública", señalando que el Reglamento de Organización y Funciones de los Gobiernos Regionales se aprobará mediante Ordenanza Regional y para optimizar o simplificar los procesos de la entidad regional con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones, entre otros; Que, mediante Ordenanza Regional N° 008-2011-GRLL/CR, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 16 de setiembre del 2011, se aprueba la Modificación del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad, y se deja sin efecto legal a las normas regionales que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional; Que, mediante Ordenanza Regional N° 012-2012-GRLL/CR publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 12 de diciembre del 2012, aprueba la Modificación del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad, y se deja sin efecto legal a las normas regionales que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional; Que, mediante Ordenanza Regional N° 012-2013-GRLL/CR, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 23 de octubre del 2013, aprueba la creación del Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos - PECASULL, y dispone la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/ CR;

Modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF vigente del Gobierno Regional de La Libertad, con la inclusión del Anexo N° 1
ORDENANZA REGIONAL N° 012-2018-GRLL/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 1910 y 1920 de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y demás normas complementarias.

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