Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2018 (24/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

78 GOBIERNOS LOCALES

NORMAS LEGALES

Jueves 24 de mayo de 2018 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE ATE
FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2018/MDA Mediante Oficio Nº 088-2018-MDA/SG, la Municipalidad Distrital de Ate, solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía Nº 012-2018/MDA, publicado en la edición del miércoles 16 de mayo del 2018. En el Noveno considerando: DICE: "Que, mediante Informe Nº 333-2018-MDA/GAJ, (...); la zona de espera del paradero Nº 4 de la empresa de Transporte Mototaxi Santa Clara S.A.; el paradero Nº 1 de la empresa de Transportes y Servicio Múltiple 16 de Junio S.A.C.;". DEBE DECIR: "Que, mediante Informe Nº 333-2018-MDA/GAJ, (...); la zona de espera del paradero Nº 4 de la empresa de Transporte Mototaxi Santa Clara S.A.; el paradero Nº 1 de la Asociación de Mototaxis El Mirador de Santa Clara; y el paradero Nº 1 de la empresa de Transportes y Servicio Múltiple 16 de Junio S.A.C.;". En el Artículo 1º: DICE: "MODIFIQUESE; el Anexo IV del Decreto de Alcaldía Nº 007-2018-MDA, (...); la zona de espera del paradero Nº 4 de la empresa de Transporte Mototaxi Santa Clara S.A.; paradero Nº 1 de la empresa de Transportes y Servicio Múltiple 16 de Junio S.A.C. (...)". DEBE DECIR: "MODIFIQUESE; el Anexo IV del Decreto de Alcaldía Nº 007-2018-MDA, (...); la zona de espera del paradero Nº 4 de la empresa de Transporte Mototaxi Santa Clara S.A.; el paradero Nº 1 de la Asociación de Mototaxis El Mirador de Santa Clara; y el paradero Nº 1 de la empresa de Transportes y Servicio Múltiple 16 de Junio S.A.C. (...)". 1651556-1

Regidores de la Comisión de Economía, Administración, Finanzas, Planificación y Presupuesto, sustentado en el Informe Nº 083-2018-GR/MC, emitido por la Gerencia de Rentas; el Informe Nº 042-2018-SGF/GR/ MC de la Sub Gerencia de Fiscalización; el Informe Nº 350-2018-SGPUC-GDU/MC de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; el informe Nº 365-2018GDU/MC, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, los informes Nº 229-2018-GAJ/MC y Nº 233-2018-GAJ/ MC emitidos por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, sobre el Proyecto de Ordenanza que Establece el Régimen de Incentivos a Personas Naturales y/o Jurídicas que formalicen su propiedad mediante Proceso de Rectificación de Declaración Jurada del Impuesto Predial con Información Catastral y/o Fiscalizada que posee la Municipalidad distrital de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa el cual lo ejerce a través del ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley, de conformidad con el artículo 200º inciso 4) de la Constitución. Que, las municipalidades tienen capacidad sancionadora, de conformidad con el artículo 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 (LOM), el cual establece que las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones. Que, de conformidad con el Artículo 79º numeral 3 índice 3.6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, estas en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen las funciones de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de; habilitaciones urbanas, construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica. Asimismo, de conformidad con el Capítulo II: Procedimientos e Instrumentos de Gestión Urbana Sostenible, Sub Capítulo IV: Catastro Urbano, artículo 110 del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2016, se expresa que el CATASTRO URBANO, es el inventario técnico descriptivo de los bienes inmuebles, infraestructura pública, espacios urbanos y mobiliario urbano de un centro poblado debidamente clasificado de acuerdo a aspectos, físicos, legales, fiscales y económicos. Constituye fuente de información para la planificación y la gestión urbana, así como para la tributación local por su carácter de servicio público. Su actualización y mantenimiento es competencia de los Gobiernos Locales, conforme a la normativa vigente sobre la materia. De conformidad con el artículo 111º del texto legal citado en el párrafo anterior, el levantamiento catastral, es el proceso por medio del cual se obtiene información gráfica y alfanumérica geo referenciadas, correspondiente a los predios de una determinada circunscripción territorial, el cual depende de los requerimientos de información de la Gestión Urbana. Que, la Municipalidad distrital de Comas, a través de la Resolución Gerencial Nº 268-2018-GM/MC, aprobó la implementación del Catastro Urbano Municipal en el Distrito de Comas, siendo de carácter obligatorio por los propietarios de predios y establecimientos comerciales e industriales. Que, mediante Ordenanza Nº 537/MC, se aprobaron los formatos de Declaración Jurada del Impuesto Predial, los cuales serán presentados por los contribuyentes para la afectación que corresponde respecto de sus predios afectos ubicados en el Distrito de Comas. Que, de acuerdo al Artículo 92º de la Ley Orgánica de Municipalidades; toda obra de construcción, reconstrucción, conservación, refacción o modificación de inmueble, sea pública o privada, requiere una licencia de construcción, expedida por la municipalidad distrital dentro de cuya jurisdicción se halla el inmueble.

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Ordenanza que establece el régimen de incentivos a personas naturales y/o jurídicas que formalicen su propiedad mediante proceso de rectificación de declaración jurada del Impuesto Predial con información catastral y/o fiscalizada que posee la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 542/MC Comas, 17 de mayo del 2018 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE COMAS VISTO: En sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 009-2018-CEAFPP/MC de la Comisión Permanente de

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