Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2018 (01/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 115

El Peruano / Jueves 1 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, en diciembre del 2016, se emiten los Decretos Legislativos Nº 1246 (que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa), 1256 (Ley de prevención y eliminación de barreras burocráticas), 1272 (que deroga la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo), 1310 (que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa), entre otros; otorgando un plazo de 60 días para la adecuación por parte de las entidades públicas; Que, con fecha 20 de marzo del 2017, se publica el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, el mismo que tiene por finalidad establecer el régimen jurídico aplicable para la actuación de la administración pública, sirva de protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico general; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 39.1, del artículo 39º, del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en caso de los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­TUPA; Que, para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) materia de aprobación, el Servicio de Administración Tributaria de Trujillo -SATT ha tomado en consideración las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM que Aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece precisiones para su aplicación, Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el TUPA de las entidades públicas, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2010-PCM-SGP que aprueba la Guía Metodológica de Determinación de Costos de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad y el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, que aprueba la "Metodología de Simplificación Administrativa" , la cual establece disposiciones para el mejoramiento de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; Que, con Informe Nº 022-2018-MPT-GPP-SGPRTIC, el Especialista en Simplificación Administrativa de la Municipalidad Provincial de Trujillo, opina que la estructura de costo del TUPA, se ha elaborado conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, que aprueba la Nueva Metodología de Determinación de Costos; así como el uso del aplicativo MI COSTO, conforme lo establece la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2012-PCM-SGP, siendo factible la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos; precisando que la formulación y determinación de los costos, son a cuenta y responsabilidad del SATT; Que, mediante Informe Legal Nº 1587-2018-MPT/ GAJ, de fecha 27 de agosto del 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que de conformidad con el artículo 43.1º del T.U.O. de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y estando a lo señalado en el Informe Nº 022-2018-MPT-GPP-SGPR-TIC adjuntado al Oficio Nº 174-2018-MPT/GPP/SGPR, es procedente aprobar la Ordenanza Municipal que apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo ­SATT. Asimismo, de conformidad al Oficio Nº 3961-2018-MPTSG y artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ordenanza Municipal Nº 035-2015-MPT se encuentra vigente sin modificatorias; a razón de que el Decreto de Alcaldía Nº 003-2017-MPT no fue publicado, por lo que no habría surtido sus efectos, debiendo dejarse sin efecto el Decreto de Alcaldía Nº 003-2017-MPT, de fecha 03 de febrero del 2017, conforme al artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades y estando a lo advertido por el Oficio Nº 3961-2018-MPT-SG; y de conformidad con el artículo 42º de la Ley Nº 27444, artículo 5º de la

Ordenanza Municipal Nº 006-2015-MPT, corresponde elevar los actuados al pleno del Concejo Municipal, a fin de que proceda, de considerarlo conveniente, aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo ­SATT, el mismo que incluye 14 procedimientos administrativos; así como simplifica los requisitos de acuerdo a las disposiciones legales del Decreto Legislativo Nº 1246; Que, en ejercicio de las atribuciones que la Ley confiere, de conformidad con el numera 8) del artículo 9º y artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, en Sesión Ordinaria de Concejo del 19 de setiembre del 2018, el Concejo Municipal con el voto UNÁNIME de sus miembros, con exoneración del Dictamen correspondiente, aprobaron la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS-TUPA, DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE TRUJILLO - SATT Artículo Primero.- APROBAR los procedimientos administrativos y servicios exclusivos del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo -SATT, conforme al Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- APROBAR los requisitos, costos, plazos de los procedimientos administrativos y servicios exclusivos e incorporarlos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, conforme al Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza, cuya formulación y determinación son a cuenta y responsabilidad del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo -SATT. Artículo Tercero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo ­ SATT conforme al Anexo 01, que forma parte integrante de esta Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- APROBAR los derechos de tramitación de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad (tasas) contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo- SATT. Artículo Quinto.- DEROGAR toda norma que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­TUPA del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo ­SATT, procedimientos, requisitos, costos y plazos que están contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio de Administración Tributaria, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 035-2015-MPT, sus modificatorias y todos los actos que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano, adicionalmente el Anexo que contiene el texto íntegro del TUPA del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo ­SATT será publicado en el portal del Diario Oficial El Peruano, portal institucional del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo ­ SATT ( www.satt.gob.pe), Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe). Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en la ciudad de Trujillo, a los veinticuatro días del mes de setiembre del dos mil dieciocho.ELIDIO ESPINOZA QUISPE Alcalde 1707570-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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