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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (03/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Sábado 3 de noviembre de 2018 El Peruano / Segunda. Comunicación del uso de medios de pago La SUNAT puede establecer mediante resolución de superintendencia la obligación de comunicar si el pago del servicio se realizó utilizando los medios de pago establecidos en el artículo 5 de la Ley N° 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía y normas modi fi catorias, en la forma, plazo y condiciones que esta señale. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única. Información para la devolución de o fi cio Incorpórase como tercera disposición complementaria fi nal del Decreto Supremo N° 085-2018-EF, que aprueba las normas para implementación de la devolución a que se re fi ere la Ley N° 30734, el siguiente texto: “Tercera. Información para la devolución de o fi cio La devolución de o fi cio a que se re fi ere el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 30734, Ley que establece el derecho de las personas naturales a la devolución automática de los impuestos pagados o retenidos en exceso, tratándose de los servicios señalados en el inciso d) del artículo 26-A del Reglamento, se efectúa sobre la base de la información de la CIIU que fi gure en el Registro Único de Contribuyentes como actividad principal al momento de la emisión del comprobante, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 5.6 del referido artículo 5.” DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única. Derogatoria Derógase el Decreto Supremo N° 399-2016-EF. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1708560-2 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del Ministerio Público DECRETO SUPREMO N° 249-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 154-2018-EF, se autorizó una transferencia de partidas a favor del pliego Ministerio Público, destinados a fi nanciar la operatividad de las fi scalías especializadas a nivel nacional, en las cuales la carga procesal se ha visto incrementada por la incorporación de diversos casos emblemáticos que revisten complejidad, gravedad y trascendencia nacional e internacional, asimismo por la atención de delitos que tienen lazos con otros tipos delictuales, tales como casos de trá fi co ilícito de drogas, robos agravados, secuestros, sicariatos, entre otros, delitos cuya investigación requiere atender diligencias las 24 horas del día, operativos inopinados, así como el trabajo en conjunto con los colaboradores e fi caces; hechos que suponen la participación del recurso humano como elemento principal en las investigaciones que se llevan a cabo en los casos antes mencionados; Que, mediante O fi cio N° 000698-2018-MP-FN el Fiscal de la Nación, titular del Pliego Ministerio Público, solicita recursos adicionales destinados a fi nanciar la continuidad de la operatividad de las fi scalías especializadas a nivel nacional, para los casos antes señalados, por el periodo octubre diciembre del año 2018; Que, los artículos 44 y 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de S/ 10 298 536,00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) a favor del pliego Ministerio Público, destinada a fi nanciar la continuidad de la operatividad de las fi scalías especializadas a nivel nacional, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente año fi scal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 10 298 536,00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) a favor del pliego Ministerio Público, para ser destinados a atender los gastos que demanden las acciones descritas en la parte considerativa, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 10 298 536,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 10 298 536,00 ============ A LA:SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 022 : Ministerio Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 10 298 536,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 10 298 536,00 =========== Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel