Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2018 (03/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de noviembre de 2018 /

El Peruano

del párrafo 14.4 del artículo 14 del Decreto de Urgencia N° 005-2018, teniendo en cuenta el incremento del límite del gasto. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1708560-4

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobierno Regional del departamento de Ica y Gobierno Regional del departamento de San Martín
DECRETO SUPREMO Nº 251-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 21 de la Ley Nº 30693, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 80 000 000,00 (OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES) con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a favor de los Gobiernos Regionales, para la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud, que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2017, disponiéndose que dichas modificaciones presupuestarias, se aprueban mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último; Que, el artículo 6 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas, autoriza al Ministerio de Salud, durante el año fiscal 2018, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a favor del Gobierno Regional del departamento de Ica y Gobierno Regional del Callao, para financiar la operación y mantenimiento del Hospital San José de Chincha y para la unidad de Neurointervencionismo del Hospital Daniel Alcides Carrión, respectivamente, disponiéndose que dichas modificaciones presupuestarias, se aprueban mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último;

Que, mediante los Informes N°s 572 y 595-2018-OPOGPPM/MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud informa que cuenta con los recursos, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor del pliego 449: Gobierno Regional del Departamento de Ica para el financiamiento de la operación y mantenimiento del Hospital San José de Chincha y a favor del pliego 459: Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para el financiamiento de la operación y mantenimiento de la primera etapa del Hospital de Moyobamba; en virtud de lo cual, el Ministerio de Salud con el Oficio N° 3086-2018SG/MINSA solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, como parte del financiamiento de la operación y mantenimiento del Hospital San José de Chincha y del Hospital de Moyobamba, mediante Memorando N° 917-2018-EF/53.04, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, determina el costo para financiar la contratación de 245 servidores bajo el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativo de servicios, sobre la base de la información remitida por el Ministerio de Salud; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 hasta por la suma de S/ 3 970 001,00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL UNO Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud a favor del pliego 449: Gobierno Regional del Departamento de Ica, para el financiamiento de la operación y mantenimiento del Hospital San José de Chincha y del pliego 459: Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para el financiamiento de la operación y mantenimiento de la primera etapa del Hospital de Moyobamba; en el marco de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 30847 y el artículo 21 de la Ley N° 30693, respectivamente; De conformidad con lo establecido en el 6 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas y el artículo 21 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 3 970 001,00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL UNO Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 449: Gobierno Regional del Departamento de Ica, para el financiamiento de la operación y mantenimiento del Hospital San José de Chincha y del pliego 459: Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para el financiamiento de la operación y mantenimiento de la primera etapa del Hospital de Moyobamba, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central - MINSA

ACCIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria : Recursos Ordinarios

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

3 970 001,00 ------------------TOTAL EGRESOS 3 970 001,00 ===========

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