TEXTO PAGINA: 32
32 NORMAS LEGALES Lunes 5 de noviembre de 2018 / El Peruano de Salud, que realizan actividades en servicios de salud en el ámbito de competencia del Decreto Legislativo Nº 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, considerando como prioridad los puestos ubicados en establecimientos de salud de zonas alejadas, y de frontera, zonas declaradas en emergencia, para la implementación de las políticas nacionales, orientadas a asegurar la calidad de atención a la población y mejorar las condiciones laborales del personal de la salud que trabaja en los lugares más alejados del país y de menor desarrollo. Que, en la Única Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, que es el Reglamento de la Ley Nº 30357 - Ley del Servicio Civil, derogó el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que establecía los lineamientos generales que todas las entidades del sector público sean del gobierno nacional, regional o local, deben seguir para la elaboración y aprobación de los Cuadros para Asignación de Personal - CAP, y en su Duodécima Disposición Complementaria Transitoria señala, que mediante la Directiva de SERVIR, se establecerá la progresiva implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las entidades. Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304- 2015-SERVIR/PE de fecha 13 de noviembre de 2015, se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GPGSC, sobre: “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE; y derogando a su vez la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, “Reglas de Aplicación progresiva para la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades”. Que, con Informe Técnico Nº 117-2018-SERVIR/GDSRH de fecha 11 de junio del 2018, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, en cumplimiento de los numerales 3.1 y 4.1 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE de fecha 11 de noviembre del 2015, modi fi cada por Resolución de Presidencia Nº 057-2016-SERVIR/PE, de fecha 30 de marzo de 2016: “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, donde se establece que la aprobación del CAP Provisional por parte de las entidades, está condicionada al Informe Técnico de Aprobación que emita SERVIR, otorga la opinión favorable a las nueve propuestas de CAP -Provisional. Que, con Informe Nº 103-2018-GORE-ICA-GRAF- SGRH/MSDE de fecha 27 de setiembre del 2018, emitido por la CPC. María Salazar de Espinoza, Especialista Administrativo IV, de la Subgerencia de Gestión de los Recursos Humanos del Gobierno Regional de Ica, concluye que la presente propuesta de modi fi cación del CAP-P de la Dirección Regional de Salud, así como de sus unidades ejecutoras, ha sido realizada de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, referido a la elaboración del CAP-Provisional, modi fi cada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE; al contar además con la opinión técnica favorable por parte de SERVIR. Que, con fecha 22 de octubre del 2018, se reunieron los consejeros regionales integrantes de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a efecto de valorar y compulsar el Memorando Nº 280-2018-GR de fecha 17 de octubre del 2018, mediante el cual el Gobernador Regional de Ica, remite la petición de aprobación de los Cuadros de Asignación de Personal - CAP Provisional, de la U.E. 400: Dirección Regional de Salud de Ica; U.E. 401: Hospital San José de Chincha; U.E. 402: Hospital de Apoyo de Nasca; U.E. 403: Hospital Regional de Ica; U.E. 404: Hospital San Juan de Dios de Pisco; U.E. 405: Hospital Santa María del Socorro-Ica; U.E. Nº 406: Red de Salud Ica-Palpa-Nasca; U.E. 407: Hospital de Apoyo de Palpa, y la Red de Salud Chincha-Pisco, así como los informes técnicos que obran en el expediente, opinando favorablemente por la procedencia de la aprobación solicitada, y sea elevado por ante el Pleno del Consejo Regional.Que, de conformidad a lo aprobado en la Sesión Ordinaria de fecha 26 de octubre de 2018, con las atribuciones conferidas por la Ley de la Descentralización Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, sus modi fi catorias Ley Nº 27902, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica: HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL CAP PROVISIONAL PLANTEADO POR LA: U.E. 400: DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE ICA; U.E. 401: HOSPITAL SAN JOSÉ DE CHINCHA; U.E. 402: HOSPITAL DE APOYO DE NASCA; U.E. 403: HOSPITAL REGIONAL DE ICA; U.E. 404: HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE PISCO; U.E. 405: HOSPITAL SANTA MARÍA DEL SOCORRO-ICA; U.E. 406: RED DE SALUD ICA-PALPA-NASCA; U.E. 407: HOSPITAL DE APOYO DE PALPA, Y LA RED DE SALUD CHINCHA-PISCO Artículo Primero.- APROBAR los Cuadros de Asignación de Personal-Provisional – CAP-P, de la U.E. 400: Dirección Regional de Salud de Ica; U.E. 401: Hospital San José de Chincha; U.E. 402: Hospital de Apoyo de Nasca; U.E. 403: Hospital Regional de Ica; U.E. 404: Hospital San Juan de Dios de Pisco; U.E. 405: Hospital Santa María del Socorro-Ica; U.E. 406: Red de Salud Ica-Palpa-Nasca; U.E. 407: Hospital de Apoyo de Palpa y la Red de Salud Chincha-Pisco, del Gobierno Regional de Ica, que tiene un total de 4393 cargos o plazas, de los cuales 3858 están ocupados, y 535 cargos previstos, según detalle de cada una, en cuadernillo anexo a la presente Ordenanza Regional, y que se precisa en el siguiente cuadro: UNIDAD EJECUTORA TOTAL OCUPADAS PREVISTAS 400DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE ICA211 189 22 401HOSPITAL SAN JOSE DE CHINCHA452 399 53 402HOSPITAL DE APOYO DE NASCA219 196 23 403HOSPITAL REGIONAL DE ICA1071 839 232 404HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS PISCO440 393 47 405HOSPITAL SANTA MARIA DEL SOCORRO-ICA578 552 26 406RED DE SALUD ICA- PALPA-NASCA813 756 57 407HOSPITAL DE APOYO PALPA123 93 30 RED DE SALUD CHINCHA - PISCO486 441 45 TOTAL GENERAL 4393 3858 535 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración y Finanzas, y a la Secretaría General del Gobierno Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ica. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Ica, para su promulgación. NORA CECILIA BARCO DE GOTUZZO Consejera DelegadaConsejo Regional de Ica POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en la Sede del Gobierno Regional de IcaFERNANDO JOSÉ CILLÓNIZ BENAVIDES Gobernador Regional de Ica 1707962-1