Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2018 (21/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Alimentación: Desafíos Futuros para América Latina y el Caribe" y en la "II Reunión Internacional de Ministros y Altas Autoridades de Agricultura sobre Agricultura Sostenible y Cambio Climático", como panelista en el "Diálogo de Alto Nivel sobre Agricultura y Cambio Climático", eventos que tendrán lugar del 20 al 23 de noviembre de 2018, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que, a través de dichos eventos se busca hacer frente en forma conjunta a los grandes desafíos asociados al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible; así como, identificar áreas de trabajo mutuo, para fortalecer las políticas públicas y programas nacionales en los temas de cambio climático, agricultura sostenible y seguridad alimentaria y nutricional; Que, el señor Ministro de Agricultura y Riego participará en la "II Reunión Internacional de Ministros y Altas Autoridades de Agricultura sobre Agricultura Sostenible y Cambio Climático" y, como ponente en el evento "Diálogo de Alto Nivel sobre Agricultura y Cambio Climático", del 22 al 23 de noviembre de 2018, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que, la participación del señor Ministro de Agricultura y Riego en los referidos eventos es importante por cuanto, permitirá consolidar un espacio de diálogo y trabajo colaborativo entre los diversos actores de América Latina y el Caribe, con el propósito de avanzar en el cumplimiento de los compromisos ambientales internacionales de competencia del sector agrario asumidos por el Perú, a través de la promoción de sinergias internacionales y convergencia de acuerdos; Que, en consecuencia, resulta de interés institucional autorizar el viaje en misión oficial, al señor Gustavo Eduardo Mostajo Ocola, Ministro de Agricultura y Riego, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que, el presente viaje al exterior no irroga gasto al Tesoro Público, debido a que la FAO asumirá con los gastos de pasajes aéreos y viáticos; Que, el segundo párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece, entre otros, que la autorización de viajes al exterior de Ministros se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley Nº 30048; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en misión oficial, del señor Gustavo Eduardo Mostajo Ocola, Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura y Riego, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 21 al 23 de noviembre de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Encargar el Despacho del Ministerio de Agricultura y Riego, al señor Vicente Antonio Zeballos Salinas, Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, a partir del 21 de noviembre de 2018 y, en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no irrogará gasto alguno al Tesoro Público y no libera, ni exonera del pago de impuesto y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1714875-1

Autorizan viaje de funcionario del INDECOPI a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 299-2018-PCM Lima, 15 de noviembre de 2018 VISTA: La Carta Nº 875-2018/PRE, de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1033 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi, el Indecopi es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2009PCM y sus modificatorias; el Indecopi tiene entre sus funciones, vigilar la libre iniciativa privada y la libertad de empresa, velar por el cumplimiento de las normas y principios de simplificación administrativa; defender la libre y leal competencia; corregir las distorsiones en el mercado provocadas por el daño derivado de prácticas de dumping y subsidios; proteger los derechos de los consumidores; desarrollar actividades de control posterior y eliminación de barreras comerciales no arancelarias, conforme a los compromisos contraídos en el marco de la Organización Mundial del Comercio, los acuerdos de libre comercio, las normas supranacionales y nacionales correspondientes; Que, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) tiene como objetivo fomentar políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo, para lo cual brinda un foro donde los gobiernos pueden trabajar en conjunto para compartir experiencias y buscar soluciones a los problemas comunes, trabajando con los gobernantes para comprender las razones que conducen al cambio económico, social y ambiental; Que, en el año 2014, se suscribió el Acuerdo de Cooperación y el Memorando de Entendimiento entre la República del Perú y la OCDE, a efectos de implementar el "Programa País", el cual desarrolla tres tipos de actividades: i) el estudio y la revisión de las políticas públicas y de la institucionalidad de sectores, ii) la adhesión a prácticas estándares e instrumentos legales internacionales, y, iii) la participación en las sesiones de diversos comités y grupos de trabajo de la OCDE; Que, mediante comunicación electrónica de fecha 02 de agosto del presente año, la OCDE cursó invitación al Indecopi, para participar en las siguientes reuniones: (i) Reunión del Grupo de Trabajo sobre Cooperación

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