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7 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de noviembre de 2018 El Peruano / Subsecretaría de Administración Pública de la Secretaría de Gestión Pública es la responsable de realizar las acciones de coordinación y apoyo al proceso de vinculación del Perú a la OCDE, así como el seguimiento a la implementación de las recomendaciones, estándares y buenas prácticas de política pública formuladas por dicha organización; Que, el literal a) del artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, establece que la Subsecretaría de Simpli fi cación y Análisis Regulatorio de la Secretaría de Gestión Pública es la responsable de diseñar, elaborar, actualizar, proponer e implementar políticas, planes y estrategias en materia de simpli fi cación administrativa y acciones sobre calidad regulatoria en el ámbito de su competencia; Que, el Programa País marca el inicio del proceso estructurado del Memorando de Entendimiento suscrito entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que se desarrolla a partir de compromisos asumidos respecto a tres tipos de actividades: i) el estudio y la revisión de las políticas públicas y de la institucionalidad; ii) la adhesión a prácticas, estándares e instrumentos legales internacionales; y, iii) la participación en las sesiones de diversos comités y grupos de trabajo, entre los que se encuentra el Comité de Gobernanza Pública y el Comité de Política Regulatoria del Directorado de Gobernanza Pública y Desarrollo Territorial; Que, mediante la Carta GOV/REG(2018)/37 de la Jefatura de la División de Reforma Regulatoria del Directorado de Gobernanza Pública de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), se invita a la Subsecretaría de Simpli fi cación y Análisis Regulatorio de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, a participar en la 11° sesión de la Red de Reguladores Económicos y a la 19° sesión del Comité de Política Regulatoria, a realizarse los días 26, y 28 y 29 de noviembre del 2018, respectivamente, en la ciudad de París, República Francesa; Que, debido a que los temas que se abordarán en los eventos se encuentran directamente relacionados con las funciones de la Subsecretaría de Simpli fi cación y Análisis Regulatorio de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Sara María Arobes Escobar, Subsecretaria de Simpli fi cación y Análisis Regulatorio de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la ciudad de París, República Francesa, a fi n que asista a ambos eventos; Que, los gastos que irrogue el presente viaje al exterior serán asumidos con el presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios púbicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-PCM, y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Sara María Arobes Escobar, Subsecretaria de Simpli fi cación y Análisis Regulatorio de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la ciudad de París, República Francesa, del 24 al 30 de noviembre de 2018; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial se efectúan con cargo al presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle:Pasajes aéreos : US$ 2,020.10Viáticos (US$ 540.00 X 5 días) : US$ 2,700.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1714570-2 Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 303-2018-PCM Lima, 20 de noviembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 022-2017-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros que comprende la estructura orgánica de la Presidencia del Consejo de Ministros y las funciones de sus órganos y unidades orgánicas; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 050-2017- PCM se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la Presidencia del Consejo de Ministros; y mediante Resolución Ministerial Nº 155-2018-PCM, se aprobó el reordenamiento de dichos cargos; Que, por Resolución Ministerial N° 142-2017-TR, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo dispuso la publicación de la última lista de ex trabajadores, que conforme a las atribuciones de la Comisión Ejecutiva creada por la Ley N° 27803 y reactivada por la Ley N° 30484, deben ser inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, fi gurando entre ellos, ex trabajadores a ser reincorporados en la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, mediante O fi cio N° 247-2018- MTPE/2/16, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, informó a la Presidencia del Consejo de Ministros la relación de ex trabajadores que han optado por el bene fi cio de la reincorporación laboral; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modi fi cada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE se formalizó la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, que contiene los lineamientos para la aprobación del reordenamiento de cargos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional; Que, el numeral 5 del Anexo 4 de la citada Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar ajustes sobre cambios de los campos, número de orden, cargo estructural, código, clasi fi cación, situación del cargo y cargo de con fi anza, así como otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la Entidad; no requiere de un nuevo proceso de aprobación, y se aprueba mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la o fi cina de recursos