Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2018 (23/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 23 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico "Sector 9_UNMSM" según los datos señalados en el siguiente cuadro: Departamento Provincia Nombre del Paisaje Arqueológico Sector 9_UNMSM Distrito Lima Lima Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte 8666014.5922

Cercado de 273307.9554 Lima

Artículo 2.- Aprobar el expediente técnico de delimitación (ficha técnica, memoria descriptiva y plano) del Sitio Arqueológico "Sector 9_UNMSM", ubicado en el distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al plano, área y perímetro siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Sector 9_UNMSM Nº de Plano en Datum WGS84 PP-0117-MC_DGPA/ DSFL-2016 WGS84 UB-027-MC_DGPADSFL-2018 WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m)

415.98

0.0415

78.19

Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP), de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del sitio arqueológico, así como el expediente técnico aprobado en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el sitio arqueológico declarado Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 5.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, y a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE VILLACORTA OSTOLAZA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1715686-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Italia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1699-2018 DE/MGP Lima, 19 de noviembre de 2018 Vista, la Carta G.500-5704 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 29 de octubre de 2018; CONSIDERANDO: Que, en el Acta de la VI Ronda de Conversaciones de Estados Mayores y V Comité Militar entre la Marina

Italiana y la Marina de Guerra del Perú, realizada en la ciudad de Roma, República Italiana, del 6 al 10 de noviembre de 2017, en el Acuerdo B-1-V del Anexo "B", se contempló la realización de una visita de intercambio para representantes de la Marina de Guerra del Perú a la ciudad de La Spezia, República Italiana, por un período de cuatro (4) días, con la finalidad de conocer los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, los sitios industriales de defensa, las capacidades operacionales y administrativas de la Armada Italiana; Que, en relación a la referida Acta, mediante Oficio Nº P17C/314/18 de fecha 24 de mayo de 2018, el Agregado de Defensa Italiano en la República del Perú ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para que una delegación de Oficiales de la Marina de Guerra del Perú, efectúe una visita a las instalaciones de las bases navales y sitios industriales de la Marina Italiana, ubicadas en la ciudad de La Spezia, República Italiana, del 26 al 29 de noviembre de 2018; Que, con Carta V.300-5436 de fecha 11 de octubre de 2018, el Secretario del Comandante General de la Marina expresa su agradecimiento al Agregado de Defensa Italiano en la República del Perú, por la invitación antes mencionada, indicando que ha sido aceptada; asimismo, manifiesta que ha propuesto al Contralmirante Alberto ALCALÁ Luna y al Capitán de Navío Mario Héctor CACHO Pella, para que participen en la referida actividad; Que, la actividad antes señalada no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2018, aprobado por Resolución Ministerial Nº 354-2018-DE/SG, de fecha 21 de marzo de 2018, debido que la misma fue acordada con posterioridad a su aprobación; sin embargo, en atención al interés de la Marina de Guerra del Perú y a la importancia de la actividad, resulta pertinente expedir la autorización de viaje correspondiente; Que, con Oficio P.200-1568 de fecha 12 de octubre de 2018, el Comandante General de Operaciones del Pacífico ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Comisión de Servicio del Contralmirante Alberto ALCALÁ Luna y del Capitán de Navío Mario Héctor CACHO Pella, para que participen en la referida actividad; lo que permitirá adquirir conocimiento, experiencia y actualización en asuntos relacionados a la investigación y desarrollo tecnológico y de defensa; así como, a las capacidades operacionales y administrativas, y al fortalecimiento de las relaciones con la Marina Militar Italiana; Que, conforme a lo indicado en el párrafo 3 del Oficio mencionado en el segundo considerando, los gastos por concepto de hospedaje, alimentación y transporte interno, serán cubiertos por el Estado Mayor de la Marina Italiana; por lo que corresponde al Estado Peruano cubrir los gastos de pasajes aéreos internacionales y terrestres, respectivamente; Que, de acuerdo con el documento Nº 228-2018 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, los gastos por concepto de pasajes internacionales, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el inciso a) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº

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