Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2018 (23/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Viernes 23 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Secretaria de Planificación Estratégica, Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, la Dirección General de Infraestructura Educativa, la Dirección de Normatividad de Infraestructura, Dirección de Planificación de Inversiones, Dirección General de Educación Básica Regular, Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, Programa Nacional de Infraestructura Educativa, Dirección General de Desarrollo Docente, Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, Unidad de Planificación e Inversiones, Oficina de Programación Multianual de Inversiones; y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; la Resolución Ministerial N° 007-2018-MINEDU; y la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OGA denominada Elaboración, aprobación y tramitación de dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la difusión del proyecto de Resolución de Secretaría General que aprueba la Norma Técnica denominada "Criterios de Diseño para Locales Educativos de Primaria y Secundaria", su exposición de motivos y la descripción de los temas que involucra dicho proyecto normativo, que como Anexo I forman parte de la presente Resolución, a través de su publicación en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob. pe/minedu), a efectos de recibir los comentarios que las personas o entidades interesadas formulen. Artículo 2.- Disponer la publicación de los documentos señalados en el artículo 1 de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Educación por un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 3.- Los comentarios al mencionado proyecto normativo deben ser incorporados en el Anexo II de la presente Resolución y enviados a la sede de la Dirección General de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, ubicada en el Jirón Carabaya N° 650, Cercado de Lima, Lima, o en su defecto, pueden ser remitidos a la dirección electrónica: likehara@minedu.gob.pe. Asimismo, se designa dentro de la entidad a Luis Enrique Ikehara Tsukayama y a Marilyn Kelly Cervantes Vásquez, como personal encargado de recibir los mencionados comentarios. Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Infraestructura Educativa el seguimiento y la supervisión de las actividades relacionadas al proceso de difusión del mencionado proyecto normativo hasta finalizar el mismo. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JESSICA REATEGUI VELIZ Secretaria General 1715745-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban a Transmisora Eléctrica del Sur 4 S.A.C. como empresa calificada a efecto del artículo 3 del D. Leg. N° 973, para el desarrollo del proyecto "Línea de Transmisión 220kV Tintaya - Azángaro"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 468-2018-MEM/DM Lima, 20 de noviembre de 2018 VISTOS: El Contrato de Inversión correspondiente al proyecto "Línea de Transmisión 220 kV Tintaya Azángaro" celebrado entre TRANSMISORA ELÉCTRICA DEL SUR 4 S.A.C. con el Estado, y los Informes N° 164-2018-MEM/DGE-DCE y N° 1123-2018-MEM/OGAJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, las personas naturales o jurídicas que realizan inversiones en cualquier sector de la actividad económica que genera renta de tercera categoría pueden acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas - IGV (en adelante, Régimen Especial); Que, el artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF, concordante con los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, establece que mediante Resolución Ministerial se precisa, entre otros aspectos, la cobertura del Régimen Especial; Que, con fecha 28 de febrero de 2018, TRANSMISORA ELÉCTRICA DEL SUR 4 S.A.C. solicita ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la suscripción de un Contrato de Inversión con la finalidad de acogerse al beneficio previsto en el Decreto Legislativo N° 973; Que, con fecha 05 de octubre de 2018 TRANSMISORA ELÉCTRICA DEL SUR 4 S.A.C. celebra, en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado "Línea de Transmisión 220 kV Tintaya - Azángaro" para efecto de acogerse al Régimen Especial; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973 el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio N° 2636-2018EF/13.01, ingresado al Ministerio de Energía y Minas bajo el Registro N° 2845410, remite el Informe N° 243-2018EF/61.01 en el cual opina que procede la aprobación de la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción presentada por TRANSMISORA ELÉCTRICA DEL SUR 4 S.A.C. para el acogimiento al Régimen Especial, y adjuntan los Anexos que contienen los detalles de los bienes, servicios y contratos de construcción; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, a efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, a TRANSMISORA ELÉCTRICA DEL SUR 4 S.A.C. para el desarrollo del proyecto denominado "Línea de Transmisión 220 kV Tintaya - Azángaro", de acuerdo con

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