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8 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de octubre de 2018 / El Peruano Tratamiento Médico Altamente Especializado, al Teniente EP (R) Walther Brayan GONZALES CASTRO y su acompañante, Técnico de Primera Técnico/Salud Leoni Oswald TANTALEÁN QUISPE, al Hospital Johns Hopkins, de la ciudad de Baltimore Estado de Maryland Estados Unidos de América, por el periodo de tres (03) meses comprendido del 19 de abril al 18 julio de 2018; Que, mediante carta del 12 julio de 2018, el Hospital Johns Hopkins comunica que el Teniente EP (R) Walther Brayan GONZALES CASTRO requiere una evaluación después de la operación a la que fue sometido para examinar el progreso de recuperación, controlar el rango de movimiento y dolor; asimismo, recomienda que permanezca por el periodo de cuatro (04) meses; Que, mediante la Hoja Recomendación N° 006/ COSALE-2018, del 06 de agosto de 2018, suscrita por el Comando de Salud del Ejército y aprobada por el Comandante General del Ejército, se recomienda la ampliación de permanencia del Teniente EP (R) Walther Brayan GONZALES CASTRO, y su acompañante Técnico de Primera Técnico/Salud Leoni Oswald TANTALEÁN QUISPE en la ciudad Baltimore Estado de Maryland Estados Unidos de América, a fi n de continuar con su tratamiento médico altamente especializado (administración de medicina y terapias de rehabilitación física ) por el periodo comprendido de cuatro (04) meses del 19 de julio al 18 noviembre de 2018; Que, en el citado documento se detalla que los conceptos que serán sufragados por el Ejército del Perú son: compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, tratamiento médico altamente especializado (administración de medicina y terapias de rehabilitación física) y pago de penalidad por cambio de fecha pasaje de retorno a Lima-Perú, los cuales concuerdan con los supuestos previstos en los literales c) y d) del artículo 14 del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, con la Hoja de Gastos y Declaración suscrita por el Jefe del Departamento de Planeamiento y Presupuesto, de fecha 19 de julio de 2018, se detalla los conceptos y montos que deben ser reconocidos a favor del Teniente EP (R) Walther Brayan GONZALES CASTRO, y su acompañante Técnico de Primera Técnico/Salud Leoni Oswald TANTALEÁN QUISPE, los mismos que cuentan con la correspondiente certi fi cación presupuestal; Que, mediante el Dictamen N° 1874-2018/OAJE/L-27, del 28 de agosto de 2018, la O fi cina de Asuntos Jurídicos del Ejército, es de opinión que resulta procedente autorizar la ampliación de permanencia en el extranjero del Teniente EP (R) Walther Brayan GONZALES CASTRO, en la ciudad de Baltimore, Estados Unidos de América, a fi n de continuar su tratamiento, con e fi cacia anticipada del 19 de julio de 2018 al 18 de noviembre de 2018; así como, autorizar el pago de los conceptos detallados en los considerandos precedentes; Que, se cumplen las condiciones para la aplicación de la efi cacia anticipada, en observancia de lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17 del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, en virtud del cual, la autoridad puede disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y, siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto hecho justi fi cativo para su adopción y de esta manera se le podrá reconocer los montos que le corresponde, por el tiempo de permanencia en el extranjero; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducida en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria; el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la ampliación de permanencia en el exterior por tratamiento médico altamente especializado contenida en la Resolución Ministerial N° 494-2018 DE/EP, del 16 abril 2018, a favor del Teniente EP (R) Walther Brayan GONZALES CASTRO, y su acompañante Técnico de Primera Técnico/Salud Leoni Oswald TANTALEÁN QUISPE, con e fi cacia anticipada, por el periodo comprendido del 19 de julio al 18 noviembre de 2018. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectuará los pagos que correspondan, con cargo a su presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018, de acuerdo a los conceptos siguientes: a) Compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero. Paciente Teniente EP (R) Walther Brayan GONZÁLES CASTROUS$ 5,346.89/31x 13 días (19 al 31 Jul 18) US$ 2,242.24US$ 5,346.89 (01 al 31 Ago 18) US$ 5,346.89US$ 5,346.89 (01 al 30 Set 18) US$ 5,346.89US$ 5,346.89 (01 al 31 Oct 18) US$ 5,346.89US$ 5,346.89/30x18 días (01 al 18 Nov 18) US$ 3,208.13 Acompañante Técnico de Primera EP TANTALEÁN QUISPE Leoni OswaldUS$ 5,091.13/31x 13 días (19 al 31 Jul 18) US$ 2,134.99US$ 5,091.13 (01 al 31 Ago 18) US$ 5,091.13US$ 5,091.13 (01 al 30 Set 18) US$ 5,091.13US$ 5,091.13 (01 al 31 Oct 18) US$ 5,091.13US$ 5,091.13/30x18 días (01 al 18 Nov 18) US$ 3,054.67 b) Tratamiento médico altamente especializado (terapias físicas) Tres meses de terapia de rehabilitación física US$ 19,677.40 Penalidad por cambio de fecha pasaje US$ 795.30 (documento de referencia “i”) TOTAL US$ 62,426.79 SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTE Y SEIS CON 79/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 62,426.79) Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias. Artículo 4.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida por el Ejército de Perú en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 5.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.