Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2018 (27/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 27 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES
FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud y Encargada del despacho del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1706883-2

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Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley N° 29664, del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre (SINAGERD)", aprobada mediante el Decreto Supremo N° 074-2014-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.- Prórroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 30 de octubre de 2018, el Estado de Emergencia en el distrito de Llusco, provincia de Chumbivilcas, del departamento de Cusco, declarado por Decreto Supremo Nº 022-2018-PCM y prorrogado por Decreto Supremo N° 046-2018-PCM, Decreto Supremo N° 067-2018-PCM y Decreto Supremo N° 088-2018-PCM, por desplazamiento de masa a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, para continuar con la ejecución de medidas y acciones complementarias de respuesta y rehabilitación que correspondan. Artículo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Cusco, la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas y la Municipalidad Distrital de Llusco, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de la Producción, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y del Ministerio de Energía y Minas, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; deben continuar con la ejecución de medidas y acciones destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas para atender el impacto de daños. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Salud, el Ministro de Educación, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de la Producción, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo y el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación

Autorizan viaje de Secretaria de Gestión Pública a Alemania, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 268-2018-PCM Lima, 25 de octubre de 2018 VISTO: El Informe Nº D000007-2018-PCM-SGP de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, mediante el OF. RE (DCI) Nº 1-0-B/138, el Viceministro de Relaciones Exteriores, manifiesta que del 05 al 07 de noviembre de 2018, en la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, se realizarán las "Negociaciones Intergubernamentales sobre Cooperación al Desarrollo con la República Federal de Alemania"; Que, las "Negociaciones Intergubernamentales sobre Cooperación al Desarrollo con la República Federal de Alemania", representan un espacio importante de diálogo y de toma de decisiones sobre los proyectos de cooperación financiera o técnica que viene sosteniendo el Perú con el Gobierno Federal de Alemania. Asimismo, en las mencionadas negociaciones, se discutirán los proyectos a ser incorporados en la cooperación, entre los cuales se encuentran los relacionados a las temáticas a cargo de las diversas Secretarías de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en dicho sentido, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Mayen Lucrecia Ugarte Vásquez-Solís, Secretaria de Gestión Pública, a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, a fin que asista a dicho evento en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, los gastos por concepto de pasajes serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros; mientras que los gastos por concepto de viáticos serán cubiertos por el Gobierno Alemán; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM y modificatoria;

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