Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2018 (27/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 27 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, con Informes Nos.1509 y 2200-2018-MTC/20.3, la Oficina de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL concluye que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley y en mérito a lo opinado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, resulta legalmente viable la aprobación de la ejecución de expropiación de las áreas de los inmuebles afectados y sus respectivos valores de tasación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modificatorias, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de los Bienes Inmuebles y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas de cuatro (04) inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: Red Vial Nº 6: Tramo Puente Pucusana - Cerro Azul ­ Ica, de la Carretera Panamericana Sur y el valor de la Tasación de los mismos, los cuales ascienden a S/ 43,430.00, S/ 40,217.00, S/ 91,800.00 y S/ 93,854.00, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de las Tasaciones a favor del Sujeto Pasivo de las expropiaciones, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir los Bienes Inmuebles a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto

Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, a efectos de inscribir las áreas expropiadas de los bienes inmuebles afectados a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda a levantar las cargas o gravámenes que existan sobre los bienes inmuebles; los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral de los Bienes Inmuebles a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario las áreas expropiadas de los inmuebles afectados, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de las expropiaciones, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, requiriéndole la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles afectados dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse las áreas de los inmuebles desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO 1 VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: RED VIAL Nº 6: TRAMO PUENTE PUCUSANA CERRO AZUL ­ ICA, DE LA CARRETERA PANAMERICANA SUR
Nº SUJETO ACTIVO / SUJETO PASIVO BENEFICIARIO CÓDIGO: 11010899055 IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA: 5,590.00 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: · Por el Norte: Colinda con la Panamericana Sur, en línea de un tramo VERTICES recto: 2-3 de 453.60 m. · Por el Sur: Colinda con el área remanente del predio afectado, en 1 línea de un tramo recto 4-1 de 453.59 m 2 · Por el Este: Colinda con propiedad de terceros (Partida Nº11060491), en línea de un tramo recto 3-4 con 12.31 m. 3 · Por el Oeste: Colinda con propiedad de terceros (Partida 4 Nº11065465), en línea de un tramo recto 1-2 con 12.34 m. LADO 1-2 2-3 3-4 4-1 DISTANCIA (m) 12.34 453.60 12.31 453.59 WGS84 ESTE (X) 407427.4554 407428.2277 407880.8970 407880.1179 NORTE (Y) 8459208.8067 8459221.1205 8459192.0884 8459179.8024 43,430.00

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y AGRICOLA 1 COMUNICACIONES YAURILLA S.A. - PROVIAS NACIONAL PARTIDA REGISTRAL: Nº 40014236 perteneciente a Oficina Registral de Ica, Zona Registral Nº XI, Sede Ica.

CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Expedido con fecha 09.05.2018 (Informe Técnico Nº 1315-2018-Z.R-XI/UR-ICA), por la Oficina Registral de Ica, Zona Registral Nº XI, Sede Ica CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Expedido con fecha 10.05.2018, expedido por la Oficina Registral de Ica, Zona Registral Nº XI, Sede Ica

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