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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2019 (02/08/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 2 de agosto de 2019 / El Peruano Nombres y ApellidosDespachoPeriodo de comisión Rafael Ernesto Vela BarbaFiscal Superior de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavados de Activos y Pérdida de Dominio, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavados de Activos y Pérdida de Dominio, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio y Jefe Coordinador del Equipo Especial de Fiscales. Del 18 al 21 de julio de 2019 Artículo Segundo.- Disponer que con absoluta reserva y bajo responsabilidad, la Gerencia General, a través de las O fi cinas Generales de Logística y Finanzas, procedan a la adquisición de los pasajes aéreos y la asignación de viáticos y seguros de viaje, conforme al detalle siguiente: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos InternacionalesViáticos Seguro de viaje Rafael Ernesto Vela BarbaUS$ 5 219,62US$ 1056,00 (por 4 días)US$ 40,00 Artículo Tercero.- Encargar, en adición a sus funciones, la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, al señor Hernán Wilfredo Mendoza Salvador, Fiscal Adjunto Superior de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavados de Activos y Pérdida de Dominio, durante la ausencia del titular. Artículo Cuarto.- Encargar, en adición a sus funciones, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, al señor Raúl Antonio Carbajal Sedano, Fiscal Adjunto Superior de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavados de Activos y Pérdida de Dominio, durante la ausencia del titular. Artículo Quinto.- Encargar, en adición a sus funciones, la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavados de Activos y Pérdida de Dominio, al señor Raúl Antonio Carbajal Sedano, Fiscal Adjunto Superior de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavados de Activos y Pérdida de Dominio, durante la ausencia del titular. Artículo Sexto.- Encargar, en adición a sus funciones, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, al señor Raúl Antonio Carbajal Sedano, Fiscal Adjunto Superior de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavados de Activos y Pérdida de Dominio, durante la ausencia del titular. Artículo Séptimo.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicio, el fi scal mencionado en el artículo primero de la presente resolución, presente al Despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe en el que describa las acciones que realizó y los resultados que obtuvo durante su participación en la diligencia materia de la resolución. Artículo Octavo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavados de Activos y Pérdida de Dominio, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, O fi cina de Cooperación Judicial, Internacional y de Extradiciones, Gerencia General, O fi cinas Generales de Potencial Humano, Asesoría Jurídica, Logística y Finanzas, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los interesados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1793450-1SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS Nº 3374-2019 Lima, 22 de julio de 2019EL SECRETARIO GENERALVISTA:La solicitud presentada por el señor Miguel Ángel Flores Ccahuana para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección IV De los Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Ajustadores de Siniestros de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO:Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado mediante Resolución SBS N° 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de los Auxiliares de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 15 de julio de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Miguel Ángel Flores Ccahuana postulante a Ajustador de Siniestros de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución SBS N° 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 1678-2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Miguel Ángel Flores Ccahuana, con matrícula número AN-326, en el Registro, Sección IV De los Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Ajustadores de Siniestros de Seguros Generales, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1793091-1