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43 NORMAS LEGALES Domingo 11 de agosto de 2019 El Peruano / Estratégica e Integridad Pública, a efectos de asegurar la función rectora que compete a esta Entidad Fiscalizadora Superior; Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modi fi catorias, así como demás normativa aplicable, los gastos que irrogue la mencionada comisión de servicios serán fi nanciados con los recursos del Pliego 019: Contraloría General, conforme a lo señalado en el Memorando N° 000801-2019-CG/GAD de la Gerencia de Administración y el Memorando N° 000122-2019-CG/OEO de la O fi cina de Enlace con OLACEFS; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 32 y 33 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modi fi catorias; Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; así como la precitada Ley N° 27619 y su Reglamento; SE RESUELVE:Artículo 1.- Encargar al Vicecontralor de Gestión Estratégica e Integridad Pública de la Contraloría General de la República, las funciones del cargo de Contralor General de la República, a partir del 12 de agosto de 2019 y en tanto dure la ausencia del Titular de esta Entidad Fiscalizadora Superior, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán fi nanciados con recursos del Pliego 019: Contraloría General, según detalle siguiente: pasaje aéreo US$ 1 140.77, viáticos US$ 1 290.00 (3 días) y gastos de instalación US$ 430.00 (1 día). Artículo 3.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1795788-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban viaje de docente, trabajador administrativo y estudiante de la Universidad Nacional José María Arguedas para participar en pasantía a realizarse en Argentina y Bolivia UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ MARÍA ARGUEDAS RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN Nº 0158-2019-CO-UNAJMA Andahuaylas, 5 de Julio de 2019 VISTOS: El O fi cio Nº 071-2019-D-OCTI-JJOC- UNAJMA, de fecha 03 de julio de 2019; el Acuerdo Nº 11-2019-CO-UNAJMA, de fecha 03 de julio de 2019, de Sesión Ordinaria de la Comisión Organizadora de la UNAJMA; y, CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 28372 del 29 de octubre de 2004, se crea la Universidad Nacional José María Arguedas con sede en la Provincia de Andahuaylas, Región Apurímac; y por Resolución Nº 035-2017-SUNEDU/CD del 02 de octubre de 2017, el Consejo Directivo de la SUNEDU, otorga la Licencia Institucional a la Universidad Nacional José María Arguedas; Que, la Ley Universitaria Ley Nº 30220 en su Artículo 8º, respecto a la autonomía universitaria, establece que “El estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico”; Que, según Ley Nº 30220 en su artículo 29º, establece “Aprobada la Ley de creación de una Universidad Pública, el Ministerio de Educación, constituye una comisión organizadora por tres (03) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector y como mínimo un (01) miembro en la especialidad que ofrece la Universidad. Esta comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la Universidad formulados en el instrumento de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que constituyan los Órganos de Gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, de fecha 18 de mayo de 2017, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; el punto 6.1.3 - Funciones de la Comisión Organizadora, prescribe lo siguiente: “a) Conducir y dirigir la universidad hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la Ley, le correspondan. (...)”; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 30879-Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 005-2006-PCM y Nº 056-2013-PCM; Que, mediante Resolución Nº 0149-2019-CO- UNAJMA, en su Artículo SEGUNDO se aprobó la movilidad de docente, trabajador administrativo y estudiante de la Universidad Nacional José María Arguedas en el Programa de Movilidad del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS), conforme se tiene los detalles presentados en el O fi cio Nº 064-2019-D-OCTI-JJOC-UNAJMA, según detalle siguiente: NºNombres y ApellidosPrograma de MovilidadUniversidad de DestinoPaís 01Dr. Julio César Huanca MarínPrograma de Movilidad Docente (PMD)Universidad Nacional de la RiojaArgentina 02Mg. Marilú Gutiérrez RamirezPrograma de Movilidad Administrativo (PMA)Universidad Nacional de la RiojaArgentina 03Est. Ingrid Estefany Ccahuana HuamaníPrograma de Movilidad Estudiantil (PME)Universidad Autónoma Tomás FríasBolivia Que, mediante O fi cio Nº 071-2019-D-OCTI-JJOC- UNAJMA, de fecha 03 de julio de 2019, el Ing. Juan José Oré Cerrón, en su condición de Director de la O fi cina de Cooperación Técnica Internacional, solicita al Presidente de la Comisión Organizadora de la UNAJMA, Dr. Manuel Isaías Vera Herrera, la “autorización de viaje al exterior para estudiante, personal docente y administrativo, quienes realizaran estudios y pasantía, respectivamente, mediante el programa de movilidad del Consejo de rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS)”; Por estos considerandos y en uso de las atribuciones, facultades y Autonomía Universitaria que le con fi ere el artículo 18º de la Constitución Política del Estado,