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37 NORMAS LEGALES Jueves 22 de agosto de 2019 El Peruano / ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CHUQUICARA-PUENTE-QUIROZ-TAUCA-CABANA-HUANDOVAL-PALLASCA, TRAMO: TAUCA-PALLASCA” No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALVASQUEZ GUZMAN DE TORREJON, JUANA CLEMENCIA.CÓDIGO: CVC-TA-272AREA AFECTADA: 94.34 m² AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 1,076.98LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADACOORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTI- CESLADODISTANCIA (m) WGS84 - Norte: Colinda con U.C. N° 135289, con 6.86 m.- Sur: Colinda con Camino sin nombre, con 57.70 m.- Este: Colinda con U.C. N° 135289, con 53.03 m.- Oeste: Colinda con U.C. N° 135295; Carretera Tauca - Pallasca (Red Vial Nacional PE-3N), con 0.99 m.ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 6.86 829087.7072 9071136.9435 2 2-3 4.16 829093.9917 9071139.69133 3-4 4.16 829095.8533 9071135.9727 4 4-5 4.42 829098.0910 9071132.4677 5 5-6 40.29 829100.8447 9071129.0076 6 6-7 3.23 829127.5396 9071098.8301 7 7-8 5.93 829124.8122 9071097.1063 8 8-9 14.55 829121.1511 9071101.7653 9 9-10 9.04 829113.0209 9071113.8327 PARTIDA REGISTRAL: N° 11016830 perteneciente a la O ficina Registral de Chimbote - Zona Registral N° VII - Sede Huaraz. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 22/03/2019 (Informe Técnico N° 2086-2019.Z.R.N°VII/OC-CHIMB) por la O ficina de Catastro de la Zona Registral N° VII - Sede Huaraz, O ficina Registral de Chimbote. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido el 04.04.2019 por la Zona Registral N° VII - Sede Huaraz, O ficina Registral de Chimbote.10 10-11 9.05 829107.6364 9071121.0912 11 11-12 8.57 829101.4686 9071127.7097 12 12-13 4.88 829094.7896 9071133.0786 13 13-14 2.45 829090.4276 9071135.2581 14 14-1 0.99 829088.1023 9071136.0380 1800016-4 Disponen la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modifica el Plan Técnico Fundamental de Numeración, aprobado por R.S. Nº 022-2002-MTC y el Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones en Emergencias, aprobado por D.S. N° 051-2010-MTC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 656-2019 MTC/01.03 Lima, 20 de agosto de 2019VISTO: El Informe N° 0581-2019-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, establece entre las funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), fi jar la política de telecomunicaciones a seguir y controlar sus resultados; Que, el Plan Técnico Fundamental de Numeración, aprobado con Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC (en adelante, el PTFN), dispone las bases para una adecuada administración, supervisión y uso de la numeración considerada recurso escaso, a través de una efi ciente asignación; asimismo de fi ne las estructuras de numeración para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, así como cuáles son los Servicios Especiales Básicos, entre los que se encuentra el servicio “119 Emergencia - Mensajería”, el cual fue incorporado al PTFN mediante el Decreto Supremo N° 030-2007-MTC y posteriormente modi fi cado con el Decreto Supremo N° 051-2010-MTC; Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2010-MTC, se aprobó el “Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones en Emergencias”, el cual establece diversas obligaciones a ser cumplidas por los operadores de servicios públicos de telecomunicaciones, dentro de ellas, la implementación y habilitación del servicio “119 Emergencia - Mensajería”, como alternativa a la comunicación telefónica; Que, considerando el desarrollo tecnológico de los últimos años y la expansión de los servicios móviles a lo largo del país, se ha identi fi cado oportunidades de mejora en los mecanismos de atención de emergencias; en ese sentido, a fi n de conseguir un e fi ciente servicio “119 Emergencia - Mensajería”, se ha previsto la simpli fi cación de algunos de sus procesos y la estandarización de su operación por todos los operadores de servicios públicos de telecomunicaciones; Que, la operación de los distintos recursos numéricos está de fi nida en el Plan Técnico Fundamental de Numeración, por lo que corresponde modi fi car esta norma en lo referido al Servicio Especial Básico “119 Emergencia - Mensajería”; asimismo, corresponde modi fi car el Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones en Emergencias, en el extremo concerniente al Servicio Especial Básico “119 Emergencia - Mensajería”; Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, mediante Informe N° 0581-2019-MTC/26, recomienda la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modi fi ca el Plan Técnico