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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2019 (22/08/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Jueves 22 de agosto de 2019 El Peruano / Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1800070-2 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Aprueban el “Reglamento para el Registro Administrativo, Selección y Contratación de Terceros del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR” RESOLUCIÓN DE JEFATURA N° 067-2019-OSINFOR Lima, 21 de agosto de 2019VISTO: El Informe Conjunto N° 010-2019-OSINFOR/04.2, emitido por la Dirección de Supervisión Forestal y de Fauna Silvestre, Dirección de Fiscalización Forestal y de Fauna Silvestre, Secretaria Técnica del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre, O fi cina de Administración, O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, y, Ofi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1085, se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR (en adelante, Decreto Legislativo N° 1085), como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, encargado a nivel nacional de supervisar y fi scalizar el aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque; Que, el Numeral 3.1 del Artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1085 señala, entre otros, que el OSINFOR podrá ejercer sus funciones de supervisión y fi scalización, a través de personas naturales o personas jurídicas de derecho privado especializadas en la materia; para lo cual debe implementar un Registro Administrativo de personas naturales y personas jurídicas de derecho privado que se encuentren debidamente acreditadas para llevar adelante las citadas funciones. Además, precisa que el Reglamento establecerá los requisitos para la correspondiente acreditación; Que, el Numeral 3.4 del Artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1085 señala que es función del OSINFOR cumplir con los programas de evaluación quinquenal como mínimo, para lo dispondrá auditorías a los planes de manejo, las mismas que pueden ser realizadas por personas naturales o personas jurídicas de derecho privado especializadas en la materia y debidamente acreditadas ante el OSINFOR; Que, los Numerales 15° al 21° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085, Ley que crea al Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR (en adelante, Reglamento del D. L. N° 1085), aprobado por Decreto Supremo N° 024-2010-PCM, regulan el proceso de participación y el Registro de personas naturales y jurídicas encargadas de las supervisiones y auditorias quinquenales a cargo del OSINFOR;Que, mediante Resolución de Jefatura N° 041-2019-OSINFOR se aprobó el “Reglamento del Registro Administrativo, Selección y Auditorías de Personas Naturales y Jurídicas para la realización de Supervisiones y de Auditorías Quinquenales a cargo del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR”; el cual regula, entre otros, la participación excepcional de personas naturales o jurídicas de derecho privado para efectuar supervisiones y auditorías quinquenales a cargo del OSINFOR, que se encuentren debidamente inscritas y acreditadas ante el OSINFOR; según lo dispuesto en el Reglamento del D. L. N° 1085, aprobada por Decreto Supremo N° 024-2010-PCM; Que, mediante el Artículo N° 1 del Decreto Supremo N° 126-2019-PCM, que modi fi ca el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085, Ley que crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2010-PCM (en adelante, Decreto Supremo N° 126-2019-PCM), se modi fi ca, entre otros, los Artículos 15° al 21° del Reglamento del D. L. N° 1085; en los cuales se establece el nuevo marco normativo relacionado a la participación de los Terceros y el Registro Administrativo, para el ejercicio de las funciones de supervisión, auditorías quinquenales y fi scalización a cargo del OSINFOR, a través de personas naturales o jurídicas de derecho privado que se encuentren debidamente acreditadas en el citado Registro; Que, a través del documento de visto, se sustenta que es necesario la aprobación de un Reglamento que regule la participación de las personas naturales o jurídicas de derecho privado, para desarrollar las funciones de supervisión, auditorias quinquenales y fi scalización, conforme lo establece la modi fi cación efectuada al Reglamento del D. L. N° 1085, aprobado por Decreto Supremo N° 126-2019-PCM; así como regular los requisitos para la acreditación de los Terceros en el Registro Administrativo, el procedimiento de su selección y contratación, entre otros; Que, en ese sentido, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución de Jefatura N° 041-2019-OSINFOR; y, aprobar el “Reglamento para el Registro Administrativo, Selección y Contratación de Terceros del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR”, a fi n de regular según las nuevas disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 126-2019-PCM; Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Supervisión Forestal y de Fauna Silvestre, de la Dirección de Fiscalización Forestal y de Fauna Silvestre, de la Secretaria Técnica del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1085, Ley que crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR; el Decreto Supremo N° 024-2010-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085, y modi fi catorias; y, en el marco de lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2017-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Dejar sin efecto el “Reglamento del Registro Administrativo, Selección y Auditorías de Personas Naturales y Jurídicas para la realización de Supervisiones y de Auditorías Quinquenales a cargo del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR”; aprobado por Resolución de Jefatura N° 041-2019-OSINFOR. Artículo 2°.- Aprobar el “Reglamento para el Registro Administrativo, Selección y Contratación de Terceros del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como