Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2019 (22/08/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Jueves 22 de agosto de 2019 El Peruano / del quintil cuatro (4) en por lo menos uno de los dos (2) indicadores utilizados. Asimismo, si no llegara a fi gurar en el ranking SIR , también se otorgará el periodo de licencia mínimo de seis (6) años. Sobre la base del análisis cuantitativo, la Universidad se ubica en Scimago Institutions Ranking – SIR IBER 2015, dado que las publicaciones indizadas en este ranking pertenecen al período comprendido entre los años 2009-2013. La Universidad se ubica en el quintil 5 respecto del indicador de nivel de producción cientí fi ca (documentos publicados en revistas indexadas- América Latina) y en el quintil 2 respecto del indicador de impacto normalizado. El Consejo Directivo de la Sunedu, en base al análisis descrito y en virtud a las atribuciones otorgadas por la Ley Universitaria, ha determinado que corresponde otorgar a la Universidad una licencia institucional por un plazo de seis (6) años. En virtud de lo expuesto, y estando a lo dispuesto en el artículo 13, numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Universitaria, el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU 7, modi fi cado mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU8, el artículo 24 del Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional, aprobado mediante Resolución N° 008-2017-SUNEDU/CD del Consejo Directivo, y a lo acordado en la sesión N° 030-2019 del Consejo Directivo. SE RESUELVE:Primero.- OTORGAR LA LICENCIA INSTITUCIONAL a la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede y fi liales que en su conjunto representan ocho (8) locales conducentes a grado académico; de los cuales seis (6) están ubicados en la provincia y departamento de Pasco, dos (2) en las provincias de Tarma y Chanchamayo (La Merced), del departamento de Junín; y dos (2) en las provincias de Oxapampa y Daniel Alcides Carrión, del departamento de Pasco; con una vigencia de seis (6) años, computados a partir de la noti fi cación de la presente resolución. LOCALES DECLARADOS POR LA UNIVERSIDAD Sede/ FilialCódigo de LocalDepartamento Provincia Distrito Dirección SEDESL01 Pasco Pasco YanacanchaPrograma de vivienda Urbanización San Juan Pampa Mz Q Lote 1 Sector Centro Comercial SL02 Pasco Pasco YanacanchaPrograma de vivienda Urbanización San Juan Pampa Mz E Lote 3 Sector Centro Comercial SL04 Pasco Pasco PaucartamboCentro Poblado Paucartambo Mz Y Lote 22 Barrio Abajo SL05 Pasco Pasco YanacanchaTerreno Ubicado En Pucayacu (Referencia: salida a San Juan de Milpo)FILIALESF01L01 Pasco Oxapampa OxapampaValle Oxapampa, Sector Mira fl ores S/N (Referencia: Carretera Central Kilometro 3.5 – Barrio Mira fl ores) F02L01 Junín Tarma TarmaLote N° 35 del Predio Rústico Yananyari F03L01 Junín Chanchamayo ChanchamayoAv. Circunvalación Mz 0206 Lt S/N, Urbanización Pampa del Carmen (La Merced). F04L01 PascoDaniel Alcides CarriónYanahuancaComunidad Campesina San Pedro – Chamayog (Referencia: Espalda del Estadio Municipal de Yanahuanca)Segundo.- RECONOCER que la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión cuenta con cuarenta y seis (46) programas: (i) veintisiete (27) conducentes al grado de bachiller y título profesional; (ii) diecisiete (17) conducentes al grado de maestro; y (iii) dos (2) conducentes al grado de doctor, conforme se detalla en las Tablas N° 54 y N° 55 del Informe técnico de licenciamiento N° 025-2019-Sunedu-02-12. Tercero.- ACEPTAR el desistimiento presentado por la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, respecto a noventa y un (91) programas de estudio: (i) veinticuatro (24) programas de pregrado; ii) veinticinco (25) programas de posgrado; iii) cuarenta y dos (42) segundas especialidades. De los noventa y un (91) programas de estudio desistidos, sesenta y tres (63) programas han sido declarados con fi nes de registro de grados y/o títulos, por lo que serán comunicados a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos – Digrat. La relación de estos programas se detalla en la Tabla N° 39 del Informe técnico de licenciamiento N° 025-2019-SUNEDU-02-12. Cuarto.- ACEPTAR el desistimiento presentado por la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, respecto al local ubicado en el distrito de Villa Rica (F01L02), provincia de Oxapampa y departamento de Pasco. Quinto.- REQUERIR a la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión: (i) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los periodos académicos 2020-A, 2020-B, 2021-A y 2021-B, información sobre las acciones ejecutadas para reducir las brechas de vacantes-ingresantes, en función a un diagnóstico previo, así como las estadísticas de postulantes, ingresantes y vacantes, por cada modalidad de admisión, respecto al periodo académico anterior. (ii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al fi nalizar de los periodos académicos 2019-B y 2020-B, un informe sobre el cumplimiento progresivo del objetivo especí fi co OE 2.1 de su Plan de Gestión de la Calidad: “Optimizar la gestión de los recursos mejorando los procesos institucionales”, a partir del funcionamiento del sistema de gestión de calidad. Asimismo, informar sobre la ejecución de sus acciones estratégicas para el cumplimiento progresivo de los objetivos estratégicos institucionales del PEI 2019-2021. (iii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al fi nalizar los periodos académicos 2020-A y 2021-A, las acciones desarrolladas, el presupuesto ejecutado, las fuentes de fi nanciamiento utilizadas y los resultados obtenidos, respecto al mantenimiento de su infraestructura y equipamiento en sede y fi liales, de acuerdo a los planes anuales de mantenimiento (correctivo y preventivo) y los riesgos del entorno geográ fi co, climatológico, entre otros. Asimismo, deberá presentar, al inicio del periodo académico 2020-A, los resultados de las trece (13) actividades de mejoramiento de infraestructura y mantenimiento programadas para el año 2019. (iv) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al iniciar el semestre 2020-A, las evidencias sobre la implementación y funcionamiento de los Laboratorios de Mejoramiento Genético y Producción de Plantas Nativas Andinas con fi nes de consumo y medicinales en la fi lial F04L01 -Yanahuanca, referidos al proyecto de inversión con código único 2115570. (v) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, a fi nales de los periodos académicos 2020-A, 2020- B y 2021-A, las evidencias del incremento progresivo del número de docentes ordinarios, sobre todo en los programas de estudio con mayor dé fi cit. (vi) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al término de los semestres académicos 2019-B, 2020-A y 2020-B, las acciones realizadas y los resultados obtenidos sobre el plazo de adecuación de los docentes, en concordancia con el artículo 82 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria. 7 Publicada en el Diario O fi cial “El Peruano ” el 31 de noviembre de 2014. 8 Publicada en el Diario O fi cial “El Peruano ” el 20 de julio de 2018.