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7 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de diciembre de 2019 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del “Plan de Contingencia del Sector Agricultura y Riego ante Lluvias Intensas” Aprobar el Plan de Contingencia del Sector Agricultura y Riego ante Lluvias Intensas, que consta de ciento quince (115) páginas, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Difusión Encargar a la Dirección de Gestión del Riesgo y del Diálogo de la Dirección General de Articulación Intergubernamental, la difusión del Plan aprobado en el artículo precedente. Artículo 3.- Publicación Encargar a la O fi cina de Tecnología de la Información la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Plan aprobado en el portal institucional, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego 1835791-1 Declaran de interés del Sector Agricultura y Riego la realización de la I Feria Agraria Regional “Expo Mango 2019”, a llevarse a cabo en el departamento de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0441-2019-MINAGRI Lima, 10 de diciembre de 2019VISTOS; El O fi cio N° 1180-2019-MPM-CH.A, del Alcalde Provincial de la Municipalidad Provincial de Morropón Chulucanas; el O fi cio Nº 1878-2019-MINAGRI-DVDIAR/ DGA-DIA, del Director General de la Dirección General Agrícola, sobre declaración de interés del Sector Agricultura y Riego, la realización del evento denominado I Feria Agraria Regional “Expo Mango 2019”; el Informe Técnico N° 011-2019-MINAGRI-DVDIAR/DGA-DIA-MWG, de la Dirección Agrícola; y, el Informe Legal N° 1281-2019-MINAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 997, modi fi cado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, éste es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, considerando dentro de sus competencias compartidas, las funciones de promover la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos nacionales a nuevos mercados, la organización de los productores agrarios, y el desarrollo productivo y sostenible de los agentes agrarios de las zonas rurales, fomentando la inserción de los pequeños y medianos productores agrarios en la economía del país, teniendo como ámbito de competencia, entre otros, los cultivos; Que, el artículo 58 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y sus modi fi catorias, establece que la Dirección General Agrícola es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los