Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2019 (11/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de diciembre de 2019 /

El Peruano

N° 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Arequipa Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Arequipa, por la suma de S/ 715 234, 00 (Setescientos quince mil doscientos treinta y cuatro con 00/100 Soles), para ser destinados exclusivamente al fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo con el siguiente detalle:
Gastos Corrientes: 2.4.1 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional TOTAL EGRESOS

S/ 715 234,00 S/ 715 234,00

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará vinculando a la Estructura Funcional Programática (EFP) del Programa Presupuestal (PP) 0126 "Formalización de la pequeña minería y minería artesanal", según el siguiente detalle:
Pliego N° 443 Gobierno Regional de Arequipa Unidad Ejecutora N° 001 Sede Central - Región Arequipa Unidad Ejecutora N° 00757 SIAF Programa Presupuestal Producto Actividad Cuenta RUC S/ 715 234,00

N° 0126 Formalización de la pequeña minería y minería artesanal N° 3000658 Mineros Formalizados N° 5005598 Implementación y Mantenimiento de la Ventanilla Única Cuenta Única del Tesoro Público ­ CUT N° 20498390570

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas 1835049-1

INTERIOR
Modifican el "Plan de Modernización del Sector Interior 2017 - 2021"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2006-2019-IN Lima, 10 diciembre de 2019 VISTOS: Los Memorandos Nºs. 002080 y 0023712019/IN/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; los Informes Nros. 000210 y 000238-2019/ IN/OGPP/OMD de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 002947-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado

democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; dicho proceso de modernización tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, la cual constituye un instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establece la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. De igual manera, se señala que dicha Política está dirigida a todas las entidades públicas del Poder Ejecutivo nacional, Organismos Autónomos, así como a los Gobiernos Regionales y Locales, sin afectar la autonomía que les confiere la ley, las cuales están llamadas a formular planes y emprender acciones de modernización de su gestión, a fin de mejorar su desempeño al servicio de los ciudadanos. Que, en ese contexto, mediante la Resolución Ministerial N° 411-2017-IN se aprueba el Plan de Modernización del Sector Interior 2017-2021, el cual constituye un documento orientador que tiene como objetivo general alcanzar una reforma integral de la gestión pública en el sector dirigida a brindar una atención rápida y orientada al ciudadano; así como, enfocada en las necesidades ciudadanas y en la reducción de los niveles de desconfianza en el sector. A su vez, en el Plan vigente se señala que el documento permite cambios o modificaciones de acuerdo a las circunstancias siempre que no se modifiquen acciones sustanciales; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto como órgano encargado de conducir, implementar y supervisar los procesos de modernización y desarrollo organizacional en el ámbito del Ministerio del Interior y de la Policía Nacional del Perú, incluyendo la simplificación administrativa, en el marco del sistema administrativo de modernización de la gestión pública, en coordinación con los órganos responsables de ejecutar las metas del Plan de Modernización del Sector Interior antes mencionado, propone a través de los Informes Nros. 000210 y 000238-2019/IN/OGPP/OMD de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional, la modificación del citado Plan debido a la necesidad de reprogramar y/o reformular algunas metas específicas, incorporar actividades que permitan concretar las etapas en el tránsito a la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y eliminar contenido duplicado; Con la visación de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el "Plan de Modernización del Sector Interior 2017-2021", aprobado por Resolución Ministerial N° 411-2017-IN, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior

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