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18 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de diciembre de 2019 / El Peruano 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursosLos recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4. Procedimiento para la asignación fi nanciera Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, deben elaborar y proporcionar la información necesaria según el procedimiento que determine la Dirección General de Tesoro Público, para la autorización de la correspondiente asignación fi nanciera. Artículo 5. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1835794-1 EDUCACION Designan responsables de entregar información solicitada al amparo del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 600-2019-MINEDU Lima, 9 de diciembre de 2019VISTOS, el Expediente N° MPT2019-EXT-0236230, el O fi cio N° 1522-2019-MINEDU/VMGI-DRELM-DIR de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, en adelante el TUO de la Ley, establece que la fi nalidad de la Ley es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3 del TUO de la Ley establece, entre otros, que los funcionarios responsables de brindar la información correspondiente al área de su competencia deberán prever una adecuada infraestructura, así como la organización, sistematización y publicación de la información a la que se re fi ere la Ley; asimismo, el último párrafo del numeral 3 del citado artículo señala que la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, por su parte, el artículo 4 del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, dispone que las entidades que cuenten con ofi cinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley; asimismo, señala que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el artículo 191 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, señala que la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana es el órgano desconcentrado del Ministerio de Educación responsable, entre otros, del servicio educativo y de los programas de atención integral en el ámbito de su jurisdicción; así como, de evaluar y supervisar a las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana, que constituyen instancias de gestión educativa descentralizada de dicha Dirección Regional; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 205-2018-MINEDU, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N°s 263-2018-MINEDU y 338-2019-MINEDU, se designó a los responsables de entregar la información solicitada al amparo del TUO de la Ley en las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana; Que, mediante el O fi cio de Vistos, la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana cursa el Ofi cio N° 4704-2019-DIR.UGEL.01/AAJ de la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local N° 01 (UGEL N° 01), en el cual se propone designar a nuevos responsables de entregar la información solicitada al amparo del TUO de la Ley, en la referida UGEL; Que, conforme a lo antes expuesto, se ha visto por conveniente dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 205-2018-MINEDU, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N°s 263-2018-MINEDU y 338-2019-MINEDU y designar a los responsables de entregar la información solicitada al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, en las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM; el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 205-2018-MINEDU, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N°s 263-2018-MINEDU y 338-2019-MINEDU. Artículo 2.- Designar a las siguientes personas, como responsables de entregar la información solicitada al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, en las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana: UGEL RESPONSABLESORGANO EN EL QUE LABORA 01 SAN JUAN DE MIRAFLORESPAMELA MARGOTH CHOQUE PEREZÁrea de Asesoría Jurídica. JUAN MANUEL CENTENARO ORREGOÁrea de Asesoría Jurídica.