Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2019 (11/12/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 86

86

NORMAS LEGALES
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3528-2019-MP-FN

Miércoles 11 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Lima, 9 de diciembre de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 2198-2019-MP/PJFS-DF-ANCASH, cursado por la abogada Azucena Miriam Mallqui García, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores de Áncash, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Provincial para el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Ocros, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Verónica Soledad Bernui Rosales, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Ocros. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1835751-24

VISTOS: el Oficio Nº 06139-2019-SG/JNE, de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones; el Informe Nº 000053-2019-GGE/ONPE, de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 001314-2019-SGOEGGE/ONPE, de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestión Electoral; el Memorando Nº 003162-2019-GITE/ONPE, de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral, el Informe Nº 000837-2019-SGPEL-GITE/ONPE, de la Sub Gerencia de Proyectos Electorales de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral; el Informe Nº 000213-2019-GG/ ONPE, de la Gerencia General; así como, el Informe Nº 000465-2019-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, el Presidente de la República disolvió el Congreso de la República y convocó, para el domingo 26 de enero de 2020, a elecciones para un nuevo Congreso que complete el periodo constitucional 2016-2021; Según el artículo 37 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares. Ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución Política, la presente Ley y su Ley Orgánica, Ley Nº 26487 (LOONPE); El artículo 159 de la LOE, dispone que corresponde a la ONPE determinar las características de la cédula de sufragio, su impresión y distribución, así como decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector; En cumplimiento de la normativa antes citada, mediante la Resolución Jefatural Nº 000239-2019-JN/ONPE, se aprobó el diseño de la Cédula de Sufragio para votación manual y votación electrónica con sus especificaciones técnicas, correspondientes a las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020; presentado en Acto Público de fecha 20 de noviembre de 2019, conforme con lo dispuesto por el artículo 165 de la LOE; Los diseños presentados fueron objeto de recomendación por la representante de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones, conforme se advierte del contenido del Acta Notarial que ha sido remitida por la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas a través del Memorando Múltiple Nº 000021-2019GCRC/ONPE; así como del Oficio Nº 566-2019-DCGI/ JNE de la Dirección Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones, que adjunta el Informe Nº 031-2019- ATP/DNFPE/JNE, recomendando realizar precisiones a los diseños de las cédulas de sufragio antes señalados; Por su parte, los artículos 167 y 168 de la LOE establecen que los personeros acreditados pueden

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban modelos definitivos de cédulas de sufragio para votación manual y para votación electrónica, correspondientes a las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000263-2019-JN/ONPE Lima, 10 de diciembre del 2019

REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.