Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2019 (03/01/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Jueves 3 de enero de 2019

NORMAS LEGALES
VISTOS:

73

Subsede Chorrillos ­ San Juan de Miraflores Sala Civil Transitoria Descentralizada Dr. Ricardo Tóbies Ríos Presidente Dr. Wilson Santiago Paucar Eslava (P) Dra. Ana María Elizabeth Manrique Zegarra (S) (T)

Las Resoluciones Administrativas N° 334-2010-CE-PJ y N° 274-2014-CE-PJ, expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; CONSIDERANDO: La Corte Superior de Justicia de Lima Sur inicia sus funciones el 13 de octubre de 2010, por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 07 de octubre de ese mismo año. Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacamac (Se excluye al Centro Poblado Los Huertos de Manchay), Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos (incorporado a partir del 01 de setiembre de 2014, por RA N° 274-2014-CE-PJ). La sociedad exige contar con magistrados idóneos cuya aptitud, capacidad y competencia, de la mano con una trayectoria íntegra y comportamiento apropiado, lleven adelante su misión; y que por encima de los códigos y expedientes, ubiquen su labor en una perspectiva mayor, dentro del orden democrático constitucional. Esto exige de los magistrados una impartición de justicia con independencia e imparcialidad, pero además con probidad, veracidad, y equidad, utilizando las herramientas de su conciencia, moral, diligencia, decoro, y sentido común, porque sólo desde estos rasgos esenciales de la personalidad de los magistrados se puede construir la garantía de una actuación imparcial que los jueces requieren en el desempeño de sus responsabilidades y para beneficio de los ciudadanos, que abone por una justicia pronta y eficaz. Resulta relevante recordar que la administración de justicia se constituye para establecer la paz social, siendo el Juez el depositario de la función del Estado para administrar justicia; en ese sentido, si el juez tiene por función esencial administrar justicia éste no puede relegar dicha tarea, bajo ningún modo, a un segundo plano, dedicándose en horas de Despacho Judicial a labores distintas a las jurisdiccionales, solicitando constantemente permisos por horas y licencias que entorpecen el normal funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, ocasionando con ello retardo en la administración de justicia; máxime, si la sociedad nos exige mayor celeridad y eficacia en el cumplimiento de los plazos procesales; creación de mecanismos que permitan un mayor acceso al servicio de justicia; mayor honestidad, imparcialidad y transparencia en la conducción de los procesos y en la emisión de los fallos; y, mayor uniformidad de criterios en casos similares; por lo tanto, si consideramos que un Juez diligente es aquel que toma en serio su responsabilidad frente a la comunidad y frente a las partes, entonces debe ser capaz de dejar de lado sus intereses particulares para ejercer dicha función sin ninguna interrupción. Mediante documento presentado con fecha 31 de diciembre de 2018, la magistrada Dayan Meishu Atao Huamán, presentó su declinación al cargo de Juez Supernumeraria del Tercer Juzgado de Paz Letrado Laboral de esta Corte Superior de Justicia, por motivos de índole personal, con efectividad al 02 de enero del presente año; en ese sentido, corresponde designar Juez que se haga cargo del mencionado órgano jurisdiccional, a partir de la fecha antes indicada. De otro lado, habiéndose verificado el cuadro de méritos y antigüedad de los Jueces del nivel de Paz Letrado de esta Corte, se ha advertido que los magistrados Carlos Herminio Huamaní Leyva, Elena Ganoza Garayar y Elizabeth Gina Cueto Llerena cumplen con los requisitos exigidos por Ley para ser promovidos como Jueces Especializados de esta Corte Superior de Justicia; por lo que, corresponde promover a los mencionados magistrados en los órganos jurisdiccionales de acuerdo a su especialidad. En el caso de designaciones de Jueces Provisionales o Supernumerarios en el Distrito Judicial de Lima Sur, se debe precisar que, éstas se realizan bajo un estricto análisis y evaluación de los perfiles de cada uno de los

Artículo Tercero.- PRECISAR que en la conformación de la Sala Penal Permanente se considera al magistrado Octavio César Sahuanay Calsin, Juez Superior Titular de esta Corte, quien se encuentra destacado en la Sala Penal Nacional. Artículo Cuarto.- PRECISAR que en la conformación de la Primera Sala Penal de Apelaciones se considera al magistrado Teófilo Armando Salvador Neyra, Juez Superior Titular de esta Corte, quien se encuentra destacado en la Sala Penal Nacional. Artículo Quinto.- PRECISAR que en la conformación de la Sala Penal Transitoria se considera al magistrado Marco Antonio Angulo Morales, Juez Superior Titular de esta Corte, quien se encuentra destacado en la Oficina de Control de la Magistratura.. Artículo Sexto.- DISPONER que la nueva conformación de las Salas Superiores, establecida mediante la presente resolución, no debe impedir la culminación de los procesos con audiencias iniciadas, sesiones continuadas o procesos con vista de la causa pendiente de ser resueltos al treinta y uno de diciembre del año dos mil dieciocho, las que seguirán con el mismo colegiado integrante a dicha fecha, con la finalidad de evitar el quiebre y/o reprogramación de los mismos. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA, corresponde a la Juez Superior Titular María Esther Felices Mendoza, quien ha sido reelegida por la Sala Plena, para el periodo 2019-2020. Artículo Octavo.DISPONER que bajo responsabilidad los magistrados salientes y reasignados, deberán presentar el inventario de los expedientes correspondientes a cada uno de los despachos conferidos, así como, deberán proceder a la entrega inmediata de las credenciales de magistrados otorgadas para el ejercicio de sus funciones, las mismas que serán devueltas a la Secretaría General de esta Corte Superior de Justicia, encargándose a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte, la verificación del cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo en el extremo referido a la entrega del inventario respectivo. Artículo Noveno.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dirección General del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital, Jefatura de la Unidad de Administración y Finanzas y Magistrados de esta Corte Superior de Justicia, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. JUAN VICENTE VELIZ BENDRELL Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur 1727900-1

Designan y reasignan jueces en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 002-2019-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 2 de enero de 2019

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.