Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2019 (03/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Jueves 3 de enero de 2019 /

El Peruano

a) El Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana se aplica a las tasas de servicios públicos o arbitrios, para el departamento de Lima, Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao. Que, conforme a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales, deben ser ratificadas por la Municipalidad Provincial, lo que para la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 019-2014-MPC; Que, mediante Ordenanza Nº 24-2017-MDV se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Barrido de calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines, y Serenazgo del Distrito de Ventanilla para el Ejercicio Fiscal 2018; ratificada por la Municipalidad Provincial del Callao mediante Acuerdo de Concejo Nº 101-2017/MPC del 15 de diciembre de 2017 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2017, cumpliendo de esta forma con los requisitos de validez y vigencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Tributación Municipal y los lineamientos establecidos en las sentencias del Tribunal Constitucional expedidas en materia de Arbitrios Municipales, como es el caso de la recaída en el Expediente Nº 00053-2004-PI-TC, corresponde que la Municipalidad efectúe acciones que resulten necesarias para determinar el importe de los arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección, Traslado y Disposición Final de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo, correspondientes al ejercicio 2019, con la finalidad de garantizar el mantenimiento de los servicios públicos y una adecuada distribución del costo, entre los contribuyentes y los responsables de los mismos servicios; Que, mediante el Memorando Nº 284-2018/MDVSSCGA-GG y el Memorando Nº 342-2018/MDV-GSC de 17 de setiembre del presente ejercicio, la Gerencia General del Sistema de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, así como la Gerencia de Seguridad Ciudadana respectivamente, han informado que luego del análisis de la ejecución del Plan de Servicios Públicos que brinda esta municipalidad para el ejercicio fiscal 2018 (Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo) se tiene que no se han producido cambios significativos relacionados con los componentes de la estructura de costos de los servicios, esto debido a que se proyecta que en el ejercicio 2019, se van a mantener los servicios en los niveles que se han alcanzado en el presente año. Asimismo, tomando en consideración la información alcanzada por la Subgerencia de Administración Tributaria, a través del Informe Nº 289-2018/MDVGRM-SGAT, acerca del nivel de ejecución de los costos presupuestados de los servicios para el 2018, se observa que dicha ejecución no ha generado mayor diferencia, manteniéndose y esperándose que se lleguen a cubrir los costos proyectados en la Ordenanza Nº 24-2017/ MDV, proponiéndose por lo tanto la aplicación del IPC acumulado al mes de agosto del 2018 y elevándose el Proyecto de Ordenanza para su evaluación y de ser el caso prosecución del trámite de ratificación ante la Municipalidad Provincial del Callao; Que, teniendo en cuenta los informes antes mencionados, se propone la aplicación de las estructuras de costos y tasas aprobadas para el 2018 más el IPC acumulado al mes de Agosto del presente ejercicio (1.60%) a nivel de Lima Metropolitana aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 255-2018-INEI, publicado el 01.09.2018 en el Diario Oficial El Peruano; ya que se espera que los costos no superen el índice inflacionario proyectado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI; Estando a lo dictaminado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por unanimidad aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA (RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Y BARRIDO DE CALLES), PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019 Artículo 1º.- MARCO LEGAL APLICABLE APLÍQUESE, para el ejercicio gravable 2019, lo dispuesto en la Ordenanza Nº24-2017-MDV que aprueba los arbitrios municipales de Limpieza Pública (Barrido de calles, Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines, y Serenazgo, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 101-2017 de la Municipalidad Provincial del Callao aprobado el 15/12/17 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 29/12/17. Artículo 2º.- DETERMINACIÓN DE TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES REAJÚSTASE, los montos de las tasas aprobadas mediante Ordenanza Nº 24-2017-MDV que aprueba los arbitrios municipales de Limpieza Pública (Barrido de calles, Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines, y Serenazgo, mediante la aplicación del Índice de Precios al Consumidor a nivel de Lima Metropolitana, acumulado al mes de agosto del 2018, ascendente al 1.60%, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 2552018-INEI, publicada el 1/09/18 en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- APROBACIÓN DEL INFORME TÉCNICO APRUÉBASE el Informe Técnico que da cuenta del sustento para el mantenimiento de los costos y el reajuste de las tasas con aplicación del IPC por los arbitrios municipales de Limpieza Pública (Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines, y Serenazgo, aprobadas mediante la Ordenanza Nº 242017-MDV; que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- DEROGACIÓN DERÓGASE todas aquellas disposiciones Municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 5º.- DE LA VIGENCIA DE LA NORMA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2019, previa publicación en el diario Oficial El Peruano de la Ordenanza Municipal, el Informe Técnico, así como del Acuerdo de Concejo Ratificatorio expedido por la Municipalidad Provincial del Callao, de la misma forma serán publicados en el Portal Web de la Municipalidad de Ventanilla: www.muniventanilla.gob.pe. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACULTADES DEL ALCALDE Facúltase al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- CUMPLIMIENTO Encárgase a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas Municipales y subgerencias conformantes, Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones, Gerencia Legal y Secretaría Municipal y demás dependencias, el cumplimiento de lo dispuesto conforme su competencia. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1727740-1

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