Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2019 (26/01/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

6

NORMAS LEGALES

Sábado 26 de enero de 2019 /

El Peruano

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0084-2019 DE/EP Jesús María, 24 de enero de 2019 VISTOS: La Hoja Informativa N° 014/DRIE/SECC RESOL del 11 de enero de 2019, del Comandante General del Ejército; y el Dictamen N° 079-2019/OAJE/L-1, del 11 de enero de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta del 04 de diciembre de 2019, el Señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército Argentino, traslada la invitación del Director General de Organización y Doctrina del Ejército Argentino para que dos (02) Oficiales del Ejército del Perú, participen como alumnos en el curso "Especialización en Conducción Superior en Organizaciones Militares Terrestres" en la Escuela Superior de Guerra de Argentina, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, en el periodo comprendido del 28 de enero al 13 de diciembre de 2019; asimismo, comunica que los gastos de pasajes, alimentación, alojamiento y seguro médico estarán a cargo del Ejército de la República del Perú, mientras que la asistencia médica de emergencia, estarán a cargo del Ejército Argentino; Que, con Hoja de Recomendación N° 002/U-4.b.1/05.00 del 08 de enero de 2019, el Comandante General del Ejército propuso la designación del Mayor EP David Edgar VEGA VILLANUEVA, para participar en el Curso de "Especialización en Conducción Superior en Organizaciones Militares Terrestres" en la Escuela Superior de Guerra de Argentina, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, en el periodo comprendido del 28 de enero al 13 de diciembre de 2019; Que, de acuerdo a lo descrito en el Dictamen N° 0792019/OAJE/L-1, del 11 de enero de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército, considera que el Proyecto de Resolución Ministerial se encuentra acorde con la normatividad vigente; Que, conforme a la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Educación del Ejército, se precisa que el viaje de estudios del Oficial Superior designado, es conveniente e importante para la institución, ya que permitirá dar cumplimiento a la Política de Comando, dentro de los Objetivos del Plan Estratégico Institucional 2002-2021 (Objetivo 1), el cual establece que "El Ejército debe disponer de personal altamente capacitado en todos los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estándares similares a países desarrollados"; permite ganar experiencia y roce internacional con los integrantes de otras Fuerzas Armadas; se capaciten, especialicen y adquieran nuevos conocimientos doctrinarios y prácticas de los alumnos e instructores y contribuye al intercambio, integración, interpretación y ejercicio de la doctrina; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Jefe de Educación del Ejército del 08 de enero de 2019, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero y Gastos de Traslado de ida y vuelta, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, la actividad antes señalada se encuentra considerada en el Plan de Viajes al Exterior del Sector

Defensa para el Año Fiscal 2019; el cual se encuentra pendiente de aprobación; Que, el segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, dispone que el monto de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación; así como, su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, considerando la duración de la Misión de Estudios, el viaje al exterior por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa y dos (02) hijos, debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26; y, conforme a su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, y, sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos N° 010-2010-DE; y, el N° 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo N° 0062016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 2622014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Mayor EP David Edgar VEGA VILLANUEVA, identificado con CIP N° 121459400, DNI N° 43281473, para

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.