Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2019 (26/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 26 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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participar en el Curso de "Especialización en Conducción Superior en Organizaciones Militares Terrestres" en la Escuela Superior de Guerra de Argentina, en la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina, en el periodo comprendido del 28 de enero al 13 de diciembre de 2019, así como autorizar su salida del país el 27 de enero de 2019 y su retorno al país el 14 de diciembre de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos (ida y vuelta): Lima ­ Buenos Aires ­ Lima (Clase Económica) US$ 1,400.00 x 01 persona (Incluye TUUA)

US$

1,400.00

Gastos de Traslado (ida y vuelta): (equipaje, bagaje e instalación): US$ 5,911.63 x 02 x 01 persona US$ 11,823.26 Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero: US$ 5,911.63/31 x 04 días x 01 persona (28 ­ 31 ene 2019) US$ 762.79 US$ 5,911.63 x 10 meses x 01 persona (feb ­ nov 2019) US$ 59,116.30 US$ 5,911.63/31 x 13 días x 01 persona (01 ­ 13 dic 2019) US$ 2,479.07 ----------------------Total a pagar en Dólares US$ 75,581.42

Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5.- El personal militar designado revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure el viaje al exterior en Misión de Estudios. Artículo 6.- El personal militar designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 7.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y públiquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1735351-1

Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a EE.UU., en comisión especial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0087-2019 DE/EP Jesús María, 24 de enero de 2019 VISTOS: La Hoja Informativa N° 016/DRIE/SECC RESOL del 14 de enero de 2019, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen N° 106-2019/OAJE/L-1, del 14 de enero de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 003-2019DE/EP del 10 de enero de 2019, se designó al General de Brigada EP Luis Girardi GUTIERREZ BALLON, como Miembro de la Representación Permanente del Perú ante

la Organización de los Estados Americanos ­ OEA, para desempeñarse como Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica y Delegado Alterno de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa ­ JID, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 21 de enero de 2019 al 20 de enero de 2021; Que, mediante Hoja de Recomendación N° 003/W-b.b del 11 de enero de 2019, el Comandante General del Ejército aprobó el viaje en Comisión Especial al Exterior del General de Brigada Luis Girardi GUTIERREZ BALLON, como Miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos ­ OEA, para desempeñarse como Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica y Delegado Alterno de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa ­ JID, con sede en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, durante el periodo comprendido entre el 21 de enero de 2019 al 20 de enero de 2021; asumiendo sus funciones desde el 28 de enero de 2019 hasta el 20 de enero de 2021; en razón que el otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicio en el exterior se hará por los días reales y efectivos de servicio, desde el momento que se asume el cargo hasta su término por los días autorizados; tal cual así lo dispone el Decreto Supremo N° 262-2014-EF; Que, la actividad antes señalada se encuentra considerada en el Plan de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2019; el cual se encuentra pendiente de aprobación; Que, de acuerdo a lo señalado en el Dictamen N° 106-2019/OAJE/L-1, del 14 de enero de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército, el proyecto de Resolución Ministerial se encuentra acorde a la normatividad vigente que regula los viajes al exterior en comisión Especial al Exterior; Que, conforme a la Exposición de Motivos suscrita por el Director de Relaciones Internacionales del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior del General de Brigada Luis Girardi GUTIERREZ BALLON; por cuanto permitirá fortalecer las relaciones militares con Jefes de las Instituciones Armadas de otros países en temas de seguridad y defensa hemisférica de interés institucional y nacional, e, incrementar los niveles de representación de nuestro país, sobre temas relacionados a estudios estratégicos, asesoramiento a nivel internacional y consejería en temas de cooperación militar; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al período comprendido del 28 de enero al 31 de diciembre de 2019 se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el pago correspondiente al año posterior será con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda; Que, considerando la duración de la Comisión Especial en el Exterior, el referido Oficial General realizará el viaje al exterior en compañía de su señora esposa y de un (01) hijo; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, los gastos por concepto de compensación extraordinaria, traslado y pasajes que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 y del que corresponda de la Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; Que, considerando que los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación del personal designado durante la totalidad de la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual

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