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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2019 (03/07/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de julio de 2019 / El Peruano Dan por concluida la reclasificación temporal de Ruta Nacional dispuesta por R.M. Nº 282-2010-MTC/02, la misma que retoma su condición como Ruta Vecinal o Rural de la Red Vial del departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 506-2019 MTC/01.02 Lima, 2 de julio de 2019VISTOS: El Informe N° 015-2019-MTC/20.23 de la Dirección de Gestión Vial del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional (en adelante, PROVIAS NACIONAL); el Memorándum N° 825-2019-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL; el Informe N° 0029-2019-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y, el Memorándum N° 2119-2019-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley; así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, el Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2007-MTC (en adelante, el Reglamento), señala los criterios de clasi fi cación de vías destinados a orientar las decisiones de inversión y operación de éstas en función de los roles que establece, así como los criterios para la declaración de áreas o vías de acceso restringido; Que, los artículos 4 y 6 del Reglamento, establecen que el Sistema Nacional de Carreteras (en adelante, SINAC), se jerarquiza en tres redes viales, que están a cargo de las autoridades competentes de los niveles de gobierno que corresponden a la organización del Estado, de forma que: (i) El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, está a cargo de la Red Vial Nacional; (ii) Los Gobiernos Regionales a cargo de la Red Vial Departamental o Regional; y, (iii) Los Gobiernos Locales a cargo de la Red Vial Vecinal o Rural; Que, el artículo 15 del Reglamento señala que el Clasi fi cador de Rutas es el documento o fi cial del SINAC, clasi fi cadas en Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural, incluye el Código de Ruta y su de fi nición según puntos o lugares principales que conecta, respecto del cual el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el responsable de elaborar la actualización del Clasi fi cador de Rutas que se aprobará mediante Decreto Supremo y cuyas modi fi caciones serán aprobadas por Resolución Ministerial; Que, el artículo 6 del Decreto Supremo N° 012-2013- MTC, que aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasi fi cador, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones puede disponer, a petición de las autoridades competentes, la reclasi fi cación temporal de una vía, mediante Resolución Ministerial, con fi nes de posibilitar intervenciones que permitan mejorar sus características físicas y operativas, la misma que tiene vigencia hasta la conclusión de los proyectos viales que ejecuten las autoridades competentes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 282-2010- MTC/02, publicada el día 18 de junio de 2010 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, se dispuso reclasi fi car temporalmente la Ruta Vecinal o Rural de Trayectoria: Emp. PE-32 A (Cayara) - Accomarca, de la Red Vial Vecinal o Rural a la Red Vial Nacional, asignándosele el Código Temporal Nº PE-32 B; Que, a través del Memorándum N° 825-2019-MTC/20, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL remite el Informe N° 015-2019-MTC/20.23 de la Dirección de Gestión Vial de PROVIAS NACIONAL, a través del cual señala que la reclasi fi cación temporal dispuesta en la Resolución Ministerial Nº 282-2010-MTC/02 tenía por objeto la construcción del Puente Cayara y siendo que, los trabajos ya fueron ejecutados; recomienda dar por concluida la reclasi fi cación temporal de la Ruta Nacional con Código Temporal Nº PE-32 B, a fi n que retorne a su condición original; Que, con Memorándum N° 2119-2019-MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes brinda su conformidad al Informe N° 0029-2019-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la citada Dirección General, a través del cual efectúa el análisis de la información remitida por PROVIAS NACIONAL, concluyendo que es procedente dar por concluida la reclasi fi cación temporal, dispuesta por la Resolución Ministerial N° 282-2010-MTC/02, a fi n que la Ruta Nacional con Código Temporal Nº PE-32 B, retome su condición original; Que, asimismo, en el Informe N° 0029-2019- MTC/19.03, la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes señala que, conforme al actual Clasi fi cador de Rutas del SINAC, la Ruta Vecinal o Rural de Trayectoria: Emp. PE-32 A (Cayara) - Accomarca está conformada por la Ruta Vecinal o Rural N° AY-1024: Trayectoria: Emp. PE-32 A (Cayara) - Mayopampa - Pta. Carretera y la Ruta Vecinal o Rural N° AY-1019: Trayectoria: Emp. AY-1014 - Putacca - Accomarca, las cuales son continuas; por lo que, consolidado el Puente Cayara y sus accesos, corresponde actualizar la trayectoria de la citada Ruta Vecinal o Rural, de la siguiente manera Ruta Vecinal o Rural N° AY-1019 con Trayectoria: Emp. PE-32 A (Cayara) - Pte. Cayara - Accomarca - Putacca - Emp. AY-1014; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2018-MTC, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2019-MTC y la Resolución Ministerial N° 015-2019 MTC/01; el Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Jerarquización Vial; y, el Decreto Supremo N° 012-2013-MTC, que aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasi fi cador; SE RESUELVE:Artículo Único.- Dar por concluida la reclasi fi cación temporal de la Ruta Nacional con Código Temporal N° PE-32 B, de Trayectoria: Emp. PE-32 A (Cayara) - Accomarca, dispuesta por Resolución Ministerial Nº 282-2010-MTC/02, la misma que retoma su condición como Ruta Vecinal o Rural de la Red Vial del departamento de Ayacucho, actualizándose su trayectoria de la siguiente manera: Ruta Vecinal o Rural N° AY-1019 con Trayectoria: Emp. PE-32 A (Cayara) - Pte. Cayara - Accomarca - Putacca - Emp. AY-1014. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1784892-3 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Autorizan transferencia financiera a favor del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción, destinada a financiar dictado del curso denominado “Operador Técnico Social en Saneamiento Rural” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 218-2019-VIVIENDA Lima, 2 de julio de 2019