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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2019 (03/07/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de julio de 2019 / El Peruano Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento El Programa Nacional de Saneamiento Rural, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se realiza la transferencia fi nanciera, en el marco de lo dispuesto por la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Convenio Nº 115-2019-VIVIENDA. Artículo 5.- Información El Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción, deberá reportar trimestralmente al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sobre el uso de los recursos transferidos, en el marco del Convenio Nº 115-2019-VIVIENDA y de lo dispuesto por la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL ESTRADA MENDOZA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1784875-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencias financieras a favor de diversas Entidades Ejecutoras para financiar la ejecución de actividades RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 105-2019-DV-PE Lima, 2 de julio de 2019 VISTO:El Memorando N° 000029-2019-DV-PP-PIRDAIS, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, remite el Anexo N° 01 que detalla las Actividades, Entidades Ejecutoras e importes a ser transferidos, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite v) del inciso a) del numeral 16.1 del artículo 16° de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 16.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 16.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 16.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informes N° 000061-2019-DV-DAT, N° 000066-2019-DV-DAT e Informe Complementario N° 000080-2019-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de las Actividades que serán fi nanciadas con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”, las mismas que cuentan con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2019, DEVIDA suscribió Adendas con diversas Entidades Ejecutoras para la ejecución de actividades hasta por la suma de UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 1’500,000.00), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencias fi nancieras; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido las Certi fi caciones de Crédito Presupuestal N° 00850 y 01011, entendiéndose que estos documentos forman parte de los Informes Previos Favorables N° 000056-2019-DV-OPP-UPTO y N° 000065-2019-DV-OPP-UPTO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 30879 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad de los Planes Operativos de las Actividades; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada Ley, las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, sólo destinarán los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de las Actividades detalladas en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con los POAs aprobados por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS” y los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina General de Administración y O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR las transferencias fi nancieras hasta por la suma total de UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 1’500,000.00), para fi nanciar la ejecución de las Actividades a favor de las Entidades Ejecutoras que se detallan en el Anexo N°01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que las transferencias fi nancieras autorizadas por el Artículo Primero de la presente resolución, se realicen con cargo al presupuesto