Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2019 (17/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 17 de julio de 2019 /

El Peruano

y modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM; el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, aprobado por Resolución Ministerial N° 293-2014-PCM, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 006-2017-DVPE, que aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional. SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR a la señora CAROLINA PILAR RENGIFO TAM DE BECERRA en el cargo de Coordinador Territorial de Oficina Zonal de la Dirección de Articulación Territorial de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, cargo de confianza bajo el régimen laboral de la actividad privada, regulado por el Decreto Legislativo N° 728, con reserva de su plaza de origen. Artículo 2°.- NOTIFICAR la presente Resolución a la servidora civil antes mencionada, a la Oficina General de Administración y a la Dirección de Articulación Territorial para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin de que proceda con su publicación el mismo día de su aprobación. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo 1789438-1

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 27332, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM, corresponde a los Organismos Reguladores, a través de su Consejo Directivo, determinar el número de Consejos de Usuarios y de sus miembros, así como al Presidente del Consejo Directivo convocar al proceso de elección de los mismos; Que, los artículos 15º al 26º del Reglamento de la Ley N° 27332, establecen las normas aplicables para el proceso de elección de los miembros de los Consejos de Usuarios de los Organismos Reguladores; Que, por Resolución de Consejo Directivo N° 0862019-CD/OSIPTEL del 24 de junio de 2019, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 01 de julio de 2019, se aprobó el número y conformación del Consejo de Usuarios del OSIPTEL para el período 2019-2021; así como su Exposición de Motivos; De conformidad con lo establecido en el artículo 20º del Reglamento de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley N° 27332, corresponde al Presidente del Consejo Directivo efectuar la convocatoria a elección de los miembros de los Consejos de Usuarios; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Convocatoria Disponer la convocatoria al Proceso de Elección del Consejo de Usuarios del OSIPTEL, periodo 2019 ­ 2021, en un mínimo de tres (03) y un máximo de nueve (09) miembros, en cumplimiento de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM y la Resolución de Consejo Directivo Nº 086-2019-CD/OSIPTEL. Artículo 2º.- Propuesta de Candidatos Podrán presentar candidatos al proceso de elección, las siguientes organizaciones: (i) Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios que se encuentren debidamente constituidas e inscritas en el Registro Público de su región y cuyo domicilio único o principal se encuentre ubicado en la región a la que pertenece el candidato propuesto. (ii) Las Universidades Públicas y Privadas que se encuentren ubicadas a nivel regional que cuenten con Facultades relacionadas con las materias propias de los servicios públicos de telecomunicaciones, tales como Facultad de Derecho, Facultad de Ingeniería y Facultad de Economía; y los Colegios Profesionales, que se encuentren ubicados a nivel regional o Consejos Departamentales, cuya especialidad tenga correspondencia con las materias propias de los servicios públicos de telecomunicaciones. (iii) Las Organizaciones sin fines de lucro constituidas a nivel regional, vinculadas al mercado de los servicios públicos de telecomunicaciones; y las Organizaciones del sector empresarial no vinculadas al mercado de los servicios públicos de telecomunicaciones constituidas a nivel regional. Las Universidades, Colegios Profesionales y Organizaciones citadas en los numerales (ii) y (iii) deben estar debidamente constituidas, y de ser el caso, inscritas en el Registro Público respectivo, y cumplir con los demás requisitos señalados en la Ley N° 27332, su Reglamento y las disposiciones que se establezcan para el proceso de elección. Cada organización puede presentar sólo un (1) candidato. Artículo 3º.- Requisitos del candidato elegible Para ser Candidato Elegible se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Convocan a elecciones de los miembros del Consejo de Usuarios del OSIPTEL para el período 2019 - 2021
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 71-2019-PD/OSIPTEL Lima, 11 de julio de 2019 Convocatoria a Elecciones de los miembros del Consejo de Usuarios del Organismo MATERIA: Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones para el periodo 20192021 VISTOS: La Resolución de Consejo Directivo Nº 086-2019CD/OSIPTEL, que aprobó la conformación del Consejo de Usuarios del OSIPTEL y la Resolución N° 048-2019CD/OSIPTEL que designó al Comité Electoral para el proceso de elección de sus miembros para el período 2019-2021; El Informe Nº 001-CE.CU/2019 del Comité Electoral de fecha 09 de julio de 2019; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal.

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