Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2019 (21/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Domingo 21 de julio de 2019 /

El Peruano

sido aceptada; asimismo, manifiesta que asistirá a dicho evento acompañado de un (1) Oficial Ayudante; Que, con Oficio P.200-1362 de fecha 7 de junio del 2019, el Director General del Personal de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Comisión de Servicio del Almirante Fernando Raúl CERDAN Ruiz, Comandante General de la Marina y del Teniente Primero Miguel Ángel LAZO Luna, para que participen en las mencionadas actividades; lo que permitirá fortalecer los lazos de amistad, cooperación y reciprocidad entre ambas Armadas; así como, obtener conocimientos, experiencias e información de interés; Que, de acuerdo con el Documento Nº 127-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después de los eventos, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Almirante Fernando Raúl CERDÁN Ruiz, CIP. 01714971, DNI. 43317410 y del Teniente Primero Miguel Ángel LAZO Luna, CIP. 01017172, DNI. 42269353, para que participen en las actividades conmemorativas con ocasión del Centésimo Nonagésimo Sexto Aniversario de la "Batalla Naval del Lago de Maracaibo" y "Día de la Armada de la República de Colombia", a realizarse en la Ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 24 al 25 de julio del 2019; así como, autorizar su salida del país el 23 y su retorno el 26 de julio del 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima ­ Cartagena de Indias (República de Colombia) - Lima US$. 1,500.00 x 2 personas US$. 3,000.00 Viáticos: US$. 370.00 x 2 personas x 2 días TOTAL A PAGAR: US$. 1,480.00 -------------------US$. 4,480.00

Artículo 4.- El Oficial Almirante designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el personal naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1790417-1

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0885-2019 DE/MGP Lima, 18 de julio de 2019 Visto, el Oficio Nº 3250/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 27 de junio del 2019; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta V.200-0011 de fecha 7 de diciembre del 2018, el Director de Asuntos Internacionales y Asunto de la Organización Marítima Internacional (OMI) de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas ha solicitado al Secretario en Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina, se considere de acuerdo a la oferta educativa de esa Prefectura Naval para el año 2019, las vacantes respectivas en los cursos de interés para el personal naval de la especialidad Guardacostas, contemplando entre otros, el Curso Inspectores en Prevención de la Contaminación; Que, con Carta Nº 294/18 de fecha 18 de diciembre del 2018, el Secretario en Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina hace de conocimiento al Director de Asuntos Internacionales y Asunto de la Organización Marítima Internacional (OMI) de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, que se ha accedido al otorgamiento de una (1) vacante para el referido curso, el mismo que se realizará en la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina, ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 5 al 16 de agosto del 2019; Que, por Oficio N.1000-785 de fecha 19 de junio del 2019, el Director General de Educación de la Marina propone al Capitán de Fragata Alfredo Mario LAZO Luna, para que participe en el mencionado curso; lo que permitirá capacitar al personal de Oficiales de la organización de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas en instituciones extranjeras, en la formación de inspectores en prevención de la contaminación a través del desarrollo de un conocimiento integral de todos los instrumentos nacionales e internacionales existentes sobre la temática ambiental; así como, desarrollar competencias técnicas, para el mejor desempeño y cumplimiento de las funciones de la Autoridad Marítima Nacional; Que, de acuerdo con el Documento Nº 113-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar las actividades para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

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