Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2019 (25/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Jueves 25 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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texto de la misma, así como el Anexo 1 en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE. Artículo Quinto.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JUAN JOSÉ DÍAZ DIOS Alcalde 1789137-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO
Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Organigrama de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2019-MPT EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo, en sesión Extraordinaria de fecha 08 de Julio del 2019, y; VISTO: el Informe N° 115-2019-MPT/GPP/SGPR de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto / Subgerencia de Planeamiento y Racionalización sobre el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Trujillo, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 30305, precisa que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo el Concejo Municipal, en atención a la estructura orgánica del gobierno local, el órgano que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras; Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 9° las atribuciones del Concejo Municipal, precisando en el Inciso 3 que le corresponde aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local y en el Inciso 8, que tiene la atribución de aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, con el objeto de orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país; Que, la citada Política señala que uno de los problemas en materia organizacional se debe a que los lineamientos y los modelos vigentes para la formulación de documentos de gestión imponen normas uniformes de organización para la gran diversidad de entidades existentes; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaria de Gestión Pública, en su calidad de órgano rector del Sistema de Modernización de la Gestión Pública a emitido el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, con la finalidad que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera para responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía, dicho Decreto Supremo

deroga a los lineamientos aprobados por Decreto Supremo N° 043-2006-PCM; Que el proyecto del Reglamento de Organización y Funciones ­(ROF) se sustenta en los lineamientos comprendido en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, esta propuesta contribuyen a un enfoque estratégico, por ello contiene la fusión de unidades orgánicas que permitan cumplir con los objetivos institucionales, conforme lo señalado en el literal a) y adecuación a las normas sustantivas vigentes de conformidad al literal i) del Artículo 6°; también se estaría contribuyendo a brindar servicios de manera eficaz conforme a los señalado en el literal b) del Artículo 4°, asimismo se tendría una mejor cobertura a los servicios que presta la municipalidad, ya que se está restructurando las unidades orgánicas por especialidad, conforme a lo señalado en el literal d) del Artículo 4° del D.S.N° 054-2018-PCM; Que, mediante Informe N° 124-2019-MPT/GPP-SGPR, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización, remite a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el informe Técnico N° 030-2019-MPT/GPP/SGPR-JCAP conteniendo la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Organigrama de la Municipalidad Provincial de Trujillo; Que mediante Oficio N° 2412-2019-MPT/GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF y Organigrama de la Municipalidad Provincial de Trujillo, adjuntando al mismos todas las documentales, actuaciones y recaudos del presente proyecto; Que, mediante Informe Legal N° 925-2019-MPT/GAJ, el Gerente de Asesoría Jurídica, concluye de conformidad con los incisos 3 y 8 del Artículo 9° y los Artículos 39° y 40° de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, se debe derivar el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) y Organigrama de la Municipalidad Provincial de Trujillo, al Concejo Municipal Provincial de Trujillo, a fin de que sea sometido a su evaluación, debate y posterior aprobación; Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de la facultad conferida por el inciso 8º del Artículo 9º y los Artículos 39º y 40º de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente aprobó por UNANIMIDAD, lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (R.O.F.) Y EL ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Organigrama de la Municipalidad Provincial de Trujillo, los mismos que se encuentran en el Anexo, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER, la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal, conforme a las disposiciones previstas en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEROGAR, la Ordenanza Municipal N° 028-2012-MPT, y modificatorias que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Trujillo, y todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo que comprende el texto íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y su Organigrama institucional deberá publicarse en el Portal Web del Diario Oficial el Peruano, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Trujillo. Artículo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR LO TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en Trujillo, a los 8 días del mes de julio del año 2019. DANIEL MARCELO JACINTO Alcalde 1790882-1

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