Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2019 (28/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 28 de julio de 2019 /

El Peruano

de ser, que emana de la Constitución Política del Perú, desnaturalizando la función que realiza y, peor aun, mancillando la respetabilidad y honorabilidad de todo servidor público, del cargo y de la institución. Asimismo, es preciso mencionar que el artículo treinta y nueve de la Constitución Política del Perú señala que todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación, ello implica que se demuestre en la práctica cotidiana del trabajo, un comportamiento orientado a servir al público; si esto no se ha logrado concientizar como razón de ser de todo trabajador o si vulnera, incumpliendo las funciones inherentes de su cargo, no es posible que dicho trabajador continúe en el servicio público, y menos aun en este Poder del Estado. Décimo segundo. Que habiendo quedado demostrada la grave conducta disfuncional del investigado Pedro Ambrosio Mamani Zea, la misma que desprestigia y desmerece de su condición de Secretario Judicial del Segundo Juzgado Mixto de la provincia de Chucuito - Desaguadero, Corte Superior de Justicia de Puno, toda vez que su proceder irregular constituye un grave atentado público que causa deterioro y detrimento en la imagen del Poder Judicial, al vulnerar el prestigio institucional y generar reacciones adversas contra este Poder del Estado; por lo que, resulta pertinente destituir al investigado Mamani Zea; a fin de erradicar a los servidores judiciales que no muestren compromiso ni fiel cumplimiento de las funciones encomendadas en su cargo. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 671-2019 de la vigésimo segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán y Deur Morán, sin la intervención de la señora Consejera Alegre Valdivia por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo ochenta y dos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De conformidad con el informe del señor Consejero Ruidías Farfán. Por unanimidad, SE RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de destitución al señor Pedro Ambrosio Mamani Zea, por su desempeño como Secretario Judicial del Segundo Juzgado Mixto de la provincia de Chucuito - Desaguadero, Corte Superior de Justicia de Puno. Inscribiéndose la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1792788-5

Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, y; CONSIDERANDO: Mediante los oficios del visto, se solicita la autorización para el señor Walter Alberto Espinoza Mávila, Fiscal Provincial de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, y la señora Esther Pillco Chiun, Fiscal Adjunta Provincial de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, para viajar al Estado de Bahía, capital Salvador de Bahía, República Federativa del Brasil, del 22 al 24 de julio de 2019. La comisión de servicios tiene por finalidad desarrollar diligencias; así como efectuar coordinaciones en el marco de una investigación de carácter reservada, en merito a la Carpeta Fiscal N° 27-2017. Teniendo en cuenta la importancia de las diligencias que se desarrollarán y a efectos de garantizar un resultado óptimo, corresponde expedir el acto resolutivo que autorice el viaje de los mencionados fiscales a la República Federativa del Brasil. El cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público. Contando con los vistos de la Gerencia General y, Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, Finanzas y Logística. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Resolución de Gerencia General del Ministerio Público N° 157-2018-MP-FN-GG que aprueba la Directiva General N° 003-2018-MP-FN-GG "Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios"; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Walter Alberto Espinoza Mávila, Fiscal Provincial de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, y de la señora Esther Pillco Chiun, Fiscal Adjunta Provincial de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, al Estado de Bahía, capital Salvador de Bahía, República Federativa del Brasil, del 22 al 24 de julio de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que con absoluta reserva y bajo responsabilidad, la Gerencia General, a través de las Oficinas Generales de Logística y Finanzas, procedan a la adquisición de los pasajes aéreos y la asignación de viáticos y seguros de viaje, conforme al detalle siguiente: Nombres y Pasajes Aéreos Apellidos Internacionales Walter Alberto Espinoza Mávila US$ 2 160,59 Esther Pillco Chiun US$ 2 160,59 Viáticos US$ 720,00 (por 3 días) US$ 720,00 (por 3 días) Seguro de viaje US$ 40,00 US$ 40,00

ORGANISMOS AUTONOMOS

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje de fiscales de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1859-2019-MP-FN Lima, 18 de julio de 2019 VISTOS: y Los Oficios N° 6781-2019-MP-FN-FSNC-EDCF N° 6860-2019-MP-FN-FSNC-EDCF, cursados por la

Artículo Tercero.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicio, los fiscales mencionados en el artículo primero de la presente resolución, presenten al Despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe en el que describan las

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