Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2019 (02/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 2 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CORRALES
Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Corrales
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2019/MDC-CM Corrales, 17 de abril del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CORRALES; POR CUANTO: VISTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Corrales, en Sesión Ordinaria realizada el 16 de abril del año dos mil diecinueve, referente a la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de Corrales 2019; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680 y la Ley Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dentro de los cuales se encuentra la creación, modificación y supresión de contribuciones, tasas, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, todo ello en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, se aprueba la metodología de determinación de costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades públicas; Que, el numeral 36.1 del artículo 36º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, y sus modificatorias D.L. Nº 1272 y D.L Nº 1452, concordante con el artículo 38º de la misma norma, dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen, exclusivamente en el caso de los gobiernos locales, mediante ordenanza municipal, procedimientos que deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) se encuentra adecuado a la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y su modificatoria D.L. Nº 1272, D.L. Nº 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y su modificatoria Ley Nº 30494 y los Decretos Supremos Nº 008-2013-VIVIENDA y su modificatoria D.S. Nº 012-2013-VIVIENDA, D.S. Nº 014-2015-VIVIENDA, D.S. Nº 009-2016-VIVIENDA (Reglamento de Licencia de Habilitación Urbana y Licencia de Edificación) y la Resolución de Concejo Directivo Nº 042-2011-SUNASS-CD, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, Ley Nº 28976, Reglamento de Inspecciones Técnicas

de Seguridad en Edificaciones, Decreto Legislativo Nº 1353, que Crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la Regulación de la Gestión de Intereses, Decreto Supremo Nº 058-2014PCM, Norma que aprueba la relación de autorizaciones de las entidades del Poder Ejecutivo, que deben ser exigidas como requisito previo para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, de acuerdo a la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, Decreto Supremo Nº 0062013-PCM, Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión del país, Resolución Ministerial Nº 088-2015-PCM, que aprueba el "TUPA Modelo de los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales". Que, se efectuó la revisión del Texto Único de procedimientos Administrativos (TUPA) por las diversas áreas administrativas, formulando sus observaciones las que posteriormente fueron subsanadas, por lo que debe procederse a su aplicación; Que, con CARTA Nº 095-2019-MDC-GM de fecha 09 de abril del 2019, el Gerente Municipal, solicita programación urgente de sesión de Concejo para aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de Corrales, teniendo en cuenta lo recomendado por funcionarios de INDECOPI en reunión sostenida el 08 de abril del 2019, en las instalaciones de nuestra entidad pública; Que, con la visación de las Sub Gerencias de Desarrollo Urbano y Rural, Sub Gerencia de Gestión de Rentas, Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de la División de Defensa Civil, de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; Que, estando a lo indicado en los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones otorgadas en el artículo 20 numeral 3) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normatividad pertinente, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente ORDENANZA: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CORRALES Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Corrales; que, en anexos adjuntos, forman parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR todas las disposiciones municipales que se opongan a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza y del TUPA en la página web de la Municipalidad Distrital de Corrales y en los paneles informativos de la municipalidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a las Sub Gerencias, Oficinas y Divisiones el estricto cumplimiento de acuerdo a sus competencias. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- Dispóngase la tramitación respectiva por parte de la Secretaría General del procedimiento de ratificación ante la Municipalidad Provincial de Tumbes, conforme a los plazos que la ley dispone. Tercera.- Precisar que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO DONALD PÉREZ DIOS Alcalde 1775166-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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