Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2019 (02/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Domingo 2 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican el Directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 120-2019/SUNAT MODIFICA EL DIRECTORIO DE LA INTENDENCIA DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES Lima, 31 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que el numeral 88.1 del artículo 88 del Código Tributario dispone que la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar; Que el artículo 29 del citado código establece que el lugar de pago será aquel que señale la Administración Tributaria mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar; Que el mencionado artículo también indica que al lugar de pago fijado por la SUNAT para los deudores tributarios notificados como principales contribuyentes no le será oponible el domicilio fiscal; señalando, además, que en este caso, el lugar de pago debe encontrarse dentro del ámbito territorial de competencia de la oficina fiscal correspondiente; Que, asimismo, de conformidad con el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT, los deudores tributarios notificados como principales contribuyentes efectuarán la declaración y el pago de la deuda tributaria en las oficinas bancarias ubicadas en las unidades de principales contribuyentes de las Intendencias Regionales u Oficinas Zonales de la SUNAT, en efectivo o mediante cheque; Que, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 093-2012/SUNAT, se aprobaron las normas para que los deudores tributarios presenten sus declaraciones determinativas y efectúen el pago de los tributos internos a través de SUNAT Virtual o en los bancos habilitados utilizando el Número de Pago SUNAT - NPS; Que resulta de interés fiscal modificar el directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general", aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello es innecesario, en la medida que la designación del lugar de pago es potestad de la Administración Tributaria, conforme a lo establecido en el artículo 29 del Código Tributario; En uso de las facultades conferidas por los artículos 29 y 88 del Código Tributario, el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias, el artículo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y normas modificatorias y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.CONTRIBUYENTES INCORPORACIÓN AL DIRECTORIO DE DE LA

INTENDENCIA DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES Incorpórase al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales a los contribuyentes comprendidos en el anexo de la presente resolución. Artículo 2.- LUGARES DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE LOS PRINCIPALES CONTRIBUYENTES Los contribuyentes del anexo que se incorporan al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales deben cumplir sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, así como realizar todo tipo de trámites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, únicamente en el lugar de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales señalado para dicha dependencia en el anexo Nº 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 023-2014/SUNAT y normas modificatorias o a través de SUNAT Virtual, o en los bancos habilitados utilizando el Número de Pago SUNAT ­ NPS para el pago de sus obligaciones tributarias. Artículo 3.- NOTIFICACIÓN La SUNAT notificará el contenido de la presente resolución a los contribuyentes señalados en el anexo, que forma parte integrante de esta norma. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VIGENCIA La presente resolución entra en vigencia el 3 de junio de 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional (e) ANEXO INCORPORACIÓN DE CONTRIBUYENTES AL DIRECTORIO DE LA INTENDENCIA DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES
ORDEN 1 2 3 4 RUC NOMBRE

20137913250 ANGLO AMERICAN QUELLAVECO S.A. 20519387043 BEAR CREEK MINING S.A.C. 20554347607 GENERADORA ELECTRICA MOLLOCO S.A.C. 20563234572 HIDROGLOBAL PERU S.A.C.

1774878-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Autorizan viaje de Jueza Titular de la Corte Suprema de Justicia e integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a Italia, en comisión de servicios
Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 035-2019-P-CE-PJ Lima, 6 de mayo de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 024-2019-CEPJ-CS/JTG, cursado por la doctora Janet Tello Gilardi, Jueza Titular de la Corte Suprema

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