Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2019 (19/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Domingo 19 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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del Civismo y de la Seguridad Ciudadana, compromete a los tres niveles de gobierno, a poner especial énfasis en extender los mecanismos legales para combatir prácticas violentas arraigadas, como son el maltrato familiar y la violación contra la integridad física y mental de la niñez, personas adultas mayores y mujeres; Que, la Ley Nº 27792 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 84º sobre Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derechos, precisa en su inciso 2 funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Distritales, 2.6 "Facilitar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planificación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social así como de apoyo en riesgo"; Que la Ley Nº 30364 ­ Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, crea el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, uno de cuyos componentes es la Instancia Distrital de Concertación. El Sistema Nacional es el encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia prevención, atención, protección y reparación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, con el fin de garantizar el derecho a una vida libre de violencia y de discriminación; Que, asimismo, el artículo 39º de la acotada Ley, precisa que la Instancia Distrital de Concertación tiene como responsabilidad, elaborar, implementar, monitorear y evaluar las políticas públicas encargadas de combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel distrital; Que el Reglamento de la Ley 30364 - Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2016-MIMP del 27 de julio de 2016, en su artículo 110º señala las funciones de la Instancia Distrital de Concertación; Que, la Ley Nº 28983 ­ Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, establece en su artículo 6º inciso c) dispone que los tres niveles de gobierno deben desarrollar políticas, planes y programas para la prevención, atención y eliminación de la violencia en todas sus formas y en todos los espacios, en especial el ejercido contra las mujeres; Que, el Plan Nacional contra la Violencia de Género 20162021, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2016-MIMP del 26 de julio de 2016, se plantea como misión que "Desde el Estado se adoptan e implementan políticas públicas integrales para la prevención, atención, protección, rehabilitación de las personas afectadas y la sanción, reeducación de las personas agresoras, que transversalizan los enfoques de género, derechos humanos, intercultural, de integralidad, de interseccionalidad y generacional, en el sistema educativo formal, y en las familias, para la prevención de la violencia de género; en la prestación de servicios públicos de calidad, a nivel intersectorial, interinstitucional e intergubernamental y en el sistema de justicia, para facilitar el acceso oportuno a una justicia efectiva que garantice el derecho a una vida libre de violencia". Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias y según Acuerdo de Concejo Nº 026-2019/ MDCLR, Dictamen Nº 001-2019/MDCLR, de la Comisión de Promoción Social y Salud, el Concejo Municipal con el voto UNANIME de los señores regidores, y con la dispensa de trámite y lectura del acta, aprobó la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA LA INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN PARA LA PREVENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DEL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO Artículo 1º.- Crear la INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN PARA LA PREVENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DEL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO. Esta Instancia tiene como responsabilidad, elaborar, implementar, monitorear y evaluar las políticas públicas

encargadas de combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel distrital. Artículo 2º.- La Instancia Distrital de Concertación para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Carmen de la Legua-Reynoso está integrada por la máxima autoridad de las siguientes instituciones: 1 El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua-Reynoso, quien la preside. El cargo es indelegable, bajo responsabilidad 2. La Subprefectura Distrital. 3. El Jefe de la Policía Nacional del Perú del Distrito. 4. Centro Emergencia Mujer. 5. Organizaciones o asociaciones de la sociedad civil del distrito relacionadas a la temática de la violencia contra las mujeres y las personas que integran el grupo familiar. 6. Un o una representante del Poder Judicial, quien es designada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao. 7. Un o una representante del Ministerio Público, quien es designada por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Callao. 8. Un o una representante de los establecimientos públicos de salud del Distrito. 9. Un o una representante de los centros educativos. Las instituciones integrantes de la Instancia, nombran además del o la representante titular a su representante alterna o alterno. Artículo 3º.- La Instancia Distrital de Concertación para la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Carmen de la Legua-Reynoso, tiene las siguientes funciones: 1. Proponer en los instrumentos de gestión y en particular en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), en el Plan Operativo Institucional (POI), y en el Presupuesto Participativo (PP); metas, indicadores, y acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. 2. Promover la adopción de políticas, planes, programas, acciones y presupuestos específicos para la prevención, atención, protección y recuperación de las víctimas; y sanción y rehabilitación de las personas agresoras, dando cumplimiento a la Ley. 3. Informar a la Instancia Provincial de Concertación periódicamente sobre las acciones desarrolladas para el cumplimiento de la Ley. 4. Promover el cumplimiento del Protocolo Base de Actuación Conjunta como instrumento de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y su adecuación al contexto distrital. 5. Promover el fortalecimiento de las instancias comunales para las acciones distritales frente a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. 6. Otras que les atribuya la Comisión Multisectorial de Alto Nivel así como la Instancia Regional y Provincial correspondiente. 7. Aprobar su reglamento interno. Artículo 4º.- La Secretaría Técnica de la Instancia Distrital de Concertación para la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del distrito de Carmen de la Legua-Reynoso, está a cargo de la Gerencia de Desarrollo Humano. Artículo 5º.- Encargar la implementación de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Humano. Artículo 6º.- Encargar a Secretaría General publique en el diario oficial El Peruano, la presente ordenanza; y, la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, realice la publicación en el Portal de la Web de la entidad www. municarmendelalegua.gob.pe. Artículo 7º.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALFREDO COX PALOMINO Alcalde 1770226-1

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