Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2019 (03/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Domingo 3 de noviembre de 2019 /

El Peruano
28 950 500,00 ============ 28 950 500,00 ============ En Soles

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Pliego Ministerio del Interior
DECRETO SUPREMO Nº 329-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 000474-2019/IN/OGPP/ OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior sustenta la necesidad de asignar mayores recursos para financiar la operatividad de las actividades desarrolladas por el personal de las diferentes Unidades Ejecutoras del citado Ministerio, debido a que durante el presente año se han suscitado eventos imprevisibles para el accionar policial; en virtud de lo cual, mediante Oficio N° 12082019/IN-DM, el Ministro del Interior, solicita una demanda adicional de recursos; Que, el financiamiento de las acciones mencionadas en el considerando precedente, no ha sido previsto en el presupuesto institucional del presente año fiscal del citado pliego; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 28 950 500,00 (VEINTIOCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior para financiar la operatividad de las actividades desarrolladas por el personal de las diferentes Unidades Ejecutoras del citado Ministerio; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 28 950 500,00 (VEINTIOCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio del Interior para financiar la operatividad de las actividades desarrolladas por el personal de las diferentes Unidades Ejecutoras del citado Ministerio, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CATEGORIA PRESUPUESTARIA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA:

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 19 571 430,00 2.5 Otros Gastos 9 379 070,00 =========== TOTAL EGRESOS 28 950 500,00 ===========

1.2 El detalle del monto transferido en el numeral 1.1 se consigna en el Anexo "Transferencia de Partidas a favor del Ministerio del Interior", que forma parte del presente Decreto Supremo, el mismo que es publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1822741-1

PRODUCE
Modifican el Artículo 1 de la R.M. N° 213-2019-PRODUCE, en lo relativo a cuota de captura del calamar gigante o pota para el año 2019
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 475-2019-PRODUCE Lima, 30 de octubre de 2019

9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

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