Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2019 (08/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Viernes 8 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Ratifican Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2019
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2019 Callao, 30 de octubre de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen N° 04-2019-MPC/CMPCSR-COSECI de la Comisión de Seguridad Ciudadana, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal N° 000034-2004 le confieren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantía individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana; Que, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN, en su artículo 25, señala que una de las funciones de la Secretaría Técnica del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) es presentar al Concejo Municipal Provincial el Plan Provincial de Seguridad Ciudadana aprobado por el COPROSEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Memorando N° 753-2019-MPC-GGSC, el Gerente General de Seguridad Ciudadana, quien ejerce la función de Secretario Técnico del COPROSEC señala que en el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana,

con fecha 29 de marzo de 2019, aprobó la Actualización del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2019, siendo necesaria su ratificación por el Concejo Municipal Provincial del Callao, mediante la Ordenanza correspondiente; asimismo la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación con Memorando N° 45942019-MPC/GGAJC, opina que el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2019 ­ Callao, permitirá analizar apropiadamente si las actividades realizadas, darán como resultado la disminución de los diferentes factores que generan inseguridad, así como el índice delincuencial, o en su defecto, reajustar las acciones para este fin; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1.- Ratifíquese el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2019, aprobado por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana del Callao, el 29 de marzo de 2019, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Facúltese al señor Alcalde para que dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 3.- Dispóngase la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario oficial "El Peruano"; asimismo, encárguese a la Gerencia de Informática la difusión del Plan de Seguridad Ciudadana 2019, en el Portal de la Municipalidad Provincial del Callao www.municallao. gob.pe, así como en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo 4.- Deróguese toda norma municipal que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 1823978-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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