Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2019 (08/11/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Viernes 8 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

81

Que, asimismo, el literal e), numeral 7.1 del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, que aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, desarrolla los medios bajo los cuales se rige el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, entre ellos la estructura, organización y funcionamiento del Estado, el cual establece que las entidades públicas conforme a su tipo, competencias y funciones adoptan una determinada estructura y se organizan a fin de responder al objeto para el que fueron creadas y atender a las necesidades de las personas; su diseño institucional se realiza en función de la finalidad o resultado a lograr, comprende la asignación y distribución de funciones al interior, en el marco de los principios de legalidad, especialidad y jerarquía, de tal manera que se oriente a brindar un mejor servicio y al uso óptimo de los recursos estatales, priorizando permanentemente el interés y bienestar de la personas; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 054-2018PCM que aprobó los Lineamientos de Organización del Estado, establece que las entidades se organizan, conforme a su tipo, competencias y funciones, de tal forma que respondan a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía, señala que tiene por finalidad generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y definición de sus funciones y la de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identificar las responsabilidades específicas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, mediante Ordenanza Nº 314-2015-MDI y modificatorias, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de Independencia; Que, conforme lo establecido en el literal p) del artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones vigente, corresponde a la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización formular y evaluar los documentos de Gestión Institucional: Plan Operativo Institucional (POI), Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Plan Estratégico Institucional (PEI), modificarlos y actualizarlos oportuna y periódicamente; Que, en ese sentido, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización mediante Informe N° 144-2019-GPPR-MDI, ha elaborado la propuesta de aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF y el Organigrama de la Municipalidad de Independencia; que contempla la mejora de procesos de las áreas de la entidad, la incorporación, modificación o eliminación de funciones que requieren precisarse acorde a la normativa legal, la solución de posibles conflictos funcionales, entre otros, las cuales se detallan en el informe sustentatorio para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones; Que, de acuerdo con el literal c) del numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM "Lineamientos de Organización del Estado", señala que, en el caso de las Municipalidades y sus Organismos Públicos Locales, el citado documento de gestión se aprueba mediante Ordenanza Municipal; Que, contando con las opiniones técnicas favorables de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, opinión legal de la Gerencia de Asesoría Legal, del Órgano de Control Institucional en relación a sus funciones y de la Gerencia Municipal en la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Organigrama de la Municipalidad de Independencia; con los argumentos antes expuestos, resulta necesario aprobar el Reglamento de Organización y FuncionesROF y Organigrama de la Municipalidad Distrital de Independencia; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9 y del artículo 40° de la· Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, contando con el voto por MAYORÍA de los Señores Regidores, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ­ ROF Y EL ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, el mismo que consta de dos (02) Títulos, seis (06) Capítulos, ciento veinticinco (125) Artículos y el Organigrama de la Municipalidad Distrital de Independencia, cuyo texto forma parte integrantes del presente dispositivo municipal. Artículo Segundo.- DISPONER la implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), a partir del mes de Diciembre del 2019, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal; para lo cual se deberá priorizar la elaboración y aprobación del Clasificador de Cargos (CC), el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP). Artículo Tercero.- FACULTAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas complementarias y reglamentarias que sean necesarias para la mejor aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DEROGAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de Independencia, aprobados mediante Ordenanza Nº 314-2015-MDI y modificatorias, así como toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Personal y demás órganos y unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano"; a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y la Comunicación y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal en el Portal Institucional (www.muniindependencia.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. YURI J. PANDO FERNÁNDEZ Alcalde 1824404-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Convocan al proceso de elección de Delegados de las Juntas Vecinales Comunales y establecen Cronograma del Proceso Electoral
DECRETO DE ALCALDÍA N° 14-2019-MDL Lince, 30 de octubre de 2019. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO: El Informe N° 104-2019-MDL-GDH, de fecha 30 de octubre de 2019, de la Gerencia de Desarrollo Humano, Informe N° 022-2019-MDL-GDH-OPV-AVCF del Gestor de Programas Juveniles y Participación Ciudadana, Acta de Instalación del Comité Electoral ­ Aprobación de Cronograma Electoral para el Proceso de Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales en el Distrito de Lince; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 197° de la Constitución Política del Perú menciona que las municipalidades promueven,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.