Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2019 (08/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Viernes 8 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 04 de Octubre de 2019, se prorroga hasta el 30 de Noviembre de 2019 la vigencia de la Ordenanza Nº 000264/MDSA que aprueba el Beneficio Temporal de Regularización Tributaria y No Tributaria denominado "PAGA FÁCIL" en el distrito de Santa Anita; Que, con el Informe Nº 129-2019-SGRCRT/ GSAT/MDSA la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria y el Informe Nº 064-2019-GSAT/ MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria consideran necesario prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 000264/MDSA prorrogada con Decreto de Alcaldía Nº 000018-2019/MDSA denominada "PAGA FÁCIL", hasta el 30 de Noviembre de 2019 con la finalidad de brindar a los vecinos la oportunidad de regularizar sus obligaciones tributarias como administrativas y permitir a los contribuyentes regularizar su situación de morosidad respecto a obligaciones tributarias vencidas, fomentando la cultura de pago oportuno; Que, el Informe Nº 902-2019 GAJ/MDSA la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que en la Ordenanza Nº 000264/MDSA en su Primera Disposición Final, faculta al Alcalde para que mediante decreto de alcaldía pueda prorrogar la vigencia de la mencionada norma, siendo así potestad del alcalde la emisión del decreto de alcaldía que amplíe la vigencia señalada por los fundamentos antes expuestos; Que, mediante Memorándum Nº 599-2019-MDSA/ GM la Gerencia Municipal remite los documentos para elaborar el Proyecto de Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a los considerandos antes mencionados, y lo establecido en el artículo 42º de la Ley Nº 29792 - Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la norma citada; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de Noviembre de 2019 la vigencia de la Ordenanza Nº 000264/MDSA, que aprueba el Beneficio Temporal de Regularización Tributaria y No Tributaria denominado "PAGA FÁCIL" en el distrito de Santa Anita. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento del presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía, en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita: www.munisantanita.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS NOLE PALOMINO Alcalde 1824707-1

EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen N° 003-2019-MPC/CMPCSR-COSECI de la Comisión de Seguridad Ciudadana, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal N° 000034-2004 le confieren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantía individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana; Que, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN, en su artículo 30, señala que una de las funciones de la Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana es presentar el Plan Local de Seguridad Ciudadana al Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) para su aprobación y remitirlo al Concejo Municipal Provincial para su ratificación mediante Ordenanza Municipal; Que, la Resolución Ministerial N° 010-2015-IN aprueba la Directiva N° 01-2015-IN, Lineamiento para la Formulación, Aprobación, Ejecución y Evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana, Supervisión y Evaluación de los Comités de Seguridad Ciudadana; Que, mediante Memorando N° 751-2019-MPC-GGSC, el Gerente General de Seguridad Ciudadana remite el Plan Local de Seguridad Ciudadana, el mismo que contiene los antecedentes, objetivos, finalidad, alcances, estructura del Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019, en que señala las diversas partes que abarca el mismo así como el programa de actividades y la propuesta de su ratificación por parte del Concejo Municipal Provincial del Callao y el Acta de Aprobación del Plan Local de Seguridad Ciudadana del 28 de marzo de 2017; asimismo, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, con Memorando N° 4593-2019-MPC/GGAJC, opina que el Plan de Acción Local de Seguridad Ciudadana 2019 ­ Callao, permitirá analizar apropiadamente si las actividades realizadas, darán como resultado la disminución de los diferentes factores que generan inseguridad, así como el índice delincuencial, o en su defecto, reajustar las acciones para este fin; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1. Ratifíquese el Plan de Acción Local de Seguridad Ciudadana 2019, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana Callao, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Facúltese al señor Alcalde para que dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 3. Dispóngase la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario oficial "El Peruano"; asimismo, encárguese a la Gerencia de Informática la difusión del Plan de Seguridad Ciudadana 2019, en el Portal de la Municipalidad Provincial del Callao www.municallao. gob.pe, así como en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo 4. Deróguese toda norma municipal que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 1823979-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Ratifican Plan de Acción Local de Seguridad Ciudadana 2019
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2019 Callao, 30 de octubre de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

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