Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2019 (08/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Viernes 8 de noviembre de 2019 /

El Peruano

042-2019-SUNEDU-02-12; a fin de que la autoridad administrativa realice las acciones que estime pertinentes en el marco de sus competencias 35. Octavo. ENCARGAR a la Dirección de Licenciamiento remitir a la Dirección de Supervisión ­ Disup y a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos ­ Digrat, copia de los legajos presentados en el procedimiento de licenciamiento respecto a los cargos de Vicerrector Académico y Decano de la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad Peruana Austral del Cusco S.A.C., a efectos de que en el marco de sus competencias, verifique el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 61, 64 y 69 de la Ley Universitaria. Noveno. PRECISAR que la presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo de la Sunedu mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación 36. La impugnación de la presente Resolución en el marco del procedimiento no suspende sus efectos. Décimo. NOTIFICAR la presente Resolución a la Universidad Peruana Austral del Cusco S.A.C., conjuntamente con el Informe Técnico de Licenciamiento N° 042-2019-SUNEDU-02-12 del 23 de octubre de 2019, poniendo el acto administrativo en conocimiento de sus autoridades, accionistas, directivos, gerentes, administradores, representantes y demás órganos de gobierno encargados de la toma de decisiones trascendentales para la Universidad; encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. Décimo Primero. DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Décimo Segundo. ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución y el Informe Técnico de Licenciamiento N° 042-2019-SUNEDU-02-12 en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-Sunedu (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan juez superior provisional y reconforman la Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 976-2019-P-CSJCL/PJ Callao, 6 de noviembre de 2019 VISTOS: La Resolución Administrativa de Presidencia Nº 922-2019-P-CSJCL y la Resolución Administrativa de Presidencia Nº 962-2019-P-CSJCL/PJ. CONSIDERANDO: Que, es atribución de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, dirigir la política interna de su distrito judicial, así como ejercer las demás atribuciones que le confieren las leyes y los reglamentos, con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables, tal como se establece en los numerales 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, mediante la Resolución Administrativa de Presidencia Nº 922-2019-P-CSJCL/PJ, de fecha 23 de octubre de 2019, se oficializó el acuerdo de la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia del Callao, que acordó la designación del magistrado Marco Antonio Bretoneche Gutiérrez, Juez Superior Titular, como Presidente titular del Jurado Electoral Especial. Que, con la Resolución Administrativa de Presidencia Nº 969-2019-P-CSJCL/PJ, de fecha 05 de noviembre de 2019, se dispuso conceder licencia sin goce de haber por motivo de representación al magistrado Marco Antonio Bretonoche Gutiérrez, Juez Superior Titular, a partir del 07 de noviembre de 2019 y hasta la conclusión del proceso electoral correspondiente a las Elecciones Congresales 2020. Que, en atención a la licencia concedida al magistrado Bretoneche Gutiérrez, corresponde designar un Juez Superior Provisional para que integre la Sala Laboral Permanente de la Corte superior de Justicia del Callao. Que, para tales efectos, se ha procedido con revisar los Cuadros Finales de Mérito y de Antigüedad de los señores Jueces Especializados y Mixtos, y Jueces de Paz Letrados del Distrito Judicial del Callao, aprobados con la Resolución Administrativa Nº 05-2019-CED-CSJCL/PJ del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del Callao, de los cuales se advierte que el magistrado Juan Carlos Pravia Guerrero, Juez Especializado Titular con especialidad en laboral, cumple con los requisitos para ser designado provisionalmente en el nivel de Juez Superior y ha aceptado ser promovido, tal como consta en la razón de la Coordinación de Presidencia de fecha 06 de noviembre de 2019. Que, de acuerdo a los considerandos precedentes y en atención a las necesidades del servicio, corresponde disponer la designación del magistrado Juan Carlos Pravia Guerrero, Juez Especializado Titular, como Juez Superior Provisional y reconformar la Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao. En consecuencia, de conformidad con las atribuciones otorgadas a los Presidentes de Corte, en los numerales 3) y 9) del artículo 90 del Texto único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Cuarto.- DESIGNAR al magistrado, JUAN CARLOS PRAVIA GUERRERO, Juez Especializado Titular, como Juez Superior Provisional de la Corte Superior de Justicia del Callao.

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De conformidad con los artículos 38 y 42 del Decreto Legislativo 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi y el artículo 56 del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2009-PCM, la Comisión de Derechos de Autor del Indecopi es el órgano competente para conocer los procedimientos promovidos de oficio o de parte, por infracción a las normas de derechos de autor. Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD Artículo 25.- Recurso de reconsideración 25.1. El Consejo Directivo constituye la única instancia resolutiva en el procedimiento de licenciamiento. Contra la resolución de Consejo Directivo cabe recurso de reconsideración, sin necesidad de presentar nueva prueba. (...) Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS Artículo 218. Recursos administrativos (...) 218.2. El término para la interposición de los recursos es de quince (15) días perentorios, y deberán resolverse en el plazo de treinta (30) días.

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