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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (21/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Jueves 21 de noviembre de 2019 / El Peruano Visto, el O fi cio NC-50-DEPE-N° 1531 del 14 de octubre de 2019 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante el O fi cio N° 286 2019-MINDEF/VPD/ DIGEDOC-CAEN/C03a2 de fecha 11 de marzo de 2019, el Director General del Centro de Altos Estudios Nacionales - EPG, comunica al señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, que la Maestría en Desarrollo y Defensa Nacional dentro de su Plan Curricular 2019, ha previsto la conducción de un Seminario Internacional de Geopolítica y Seguridad Estratégica, a realizarse en la Escuela Superior de Guerra de Brasil, en la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 24 al 28 de noviembre de 2019; Que, mediante el O fi cio NC-50-DEPE-N° 1531 del 14 de octubre de 2019, el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, solicita se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participen en el Seminario Internacional de Geopolítica y Seguridad Estratégica, a realizarse en la Escuela Superior de Guerra de Brasil, en la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 24 al 28 de noviembre de 2019; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe del Departamento de Capacitación, Especialización y Perfeccionamiento de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, anexada al O fi cio NC-50-DEPE-N° 1531 del 14 de octubre de 2019, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, por cuanto permitirá potenciar sus habilidades personales y profesionales, al compartir experiencias de diferentes escenarios políticos, geográ fi cos y tecnológicos, los mismos que contribuirán a su mejor desempeño laboral, toma de decisiones oportunas en las responsabilidades que irán asumiendo en su carrera profesional en la institución; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0165 DGVC-ME/SIAF-SP del 17 de octubre de 2019 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos de ida, retorno y viáticos en Misión de Estudios en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento el pago de pasajes aéreos internacionales de ida y retorno, y viáticos por Misión de Estudios en el Extranjero en concordancia a lo establecido en el inciso a) y b) del artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2015-DE de fecha 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE:Artículo1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar FAP que se detalla a continuación, para que participen en el Seminario internacional de Geopolítica y Seguridad Estratégica, a realizarse en la Escuela Superior de Guerra de Brasil, en la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 24 al 28 de noviembre de 2019; así como, su salida del país 23 de noviembre de 2019 y su retorno el 29 de noviembre de 2019: Coronel FAP FREDY ENRIQUE CASTRO VÁSQUEZ NSA: O-9596091 DNI: 43361382Coronel FAP HUGO JOSÉ QUIÑONES VARGASNSA: O-9567689 DNI: 43346394Coronel FAP JAIME MARIANO GASTON SAYÁN ARAUJONSA: O-9581790 DNI: 07755353Coronel FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDONSA: O-9589691 DNI: 43623935 Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima- ciudad de Rio de Janeiro (República Federativa de Brasil)-Lima: US $ 1,112.00 X 04 personas (Incluye TUUA) = US $ 4,448.00 Viáticos: US $ 370.00 X 05 días X 04 personas = US $ 7,400.00 Total a Pagar = US $ 11,848.00 Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa 1828980-1 EDUCACION Aceptan renuncia de Directora del Sistema Administrativo III de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 173-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED Lima, 20 de noviembre de 2019