Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2019 (21/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Jueves 21 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 283-2019-TR Lima, 20 de noviembre de 2019 VISTOS: El Oficio N° 499-2019-MTPE/3, del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Informe N° 299-2019-TP/DE/UGPYTOSCFATEP, de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Informe N° 1325-2019-TP/DE/UGPPME-CFPP, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 259-2019-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio N° 946-2019-MTPE/3/24.1, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; el Memorando N° 1373-2019-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 2727-2019-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR y modificatorias, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema y/o afectada parcial o íntegramente por una emergencia o desastre natural, de acuerdo a la información que proporcione el organismo rector competente; Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR y modificatorias, establece que, el objetivo del referido Programa se cumple con el financiamiento de proyectos de infraestructura básica, social y económica intensivos en mano de obra no calificada (MONC) presentados, entre otros, por los gobiernos regionales y gobiernos locales; así como, con el financiamiento de actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no calificada (MONC) ante la ocurrencia de desastres naturales y emergencias, tales como: peligros inminentes y otras declaradas conforme a la normativa de la materia; Que, el literal b) del artículo 7 del acotado Manual, establece como una de las modalidades de acceso al Programa a los proyectos "No Concursables", la cual contempla la selección de proyectos a través de un Comité Especial, de acuerdo a los Lineamientos que para este fin apruebe el Programa, en los cuales, entre otros aspectos, se establecen el presupuesto, ámbito, condiciones, procedimientos y plazos correspondientes. Esta modalidad considera la ejecución de proyectos, en casos excepcionales, de infraestructura básica, social y económica, para la generación de empleo en situaciones de desastres naturales, emergencias, entre otras; Que, el artículo 29 del referido Manual, dispone que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realizará en base al Presupuesto asignado al Programa, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores; Que, el numeral iii) del literal a) del inciso 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza, de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas referidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa, a favor de gobiernos regionales y locales, estableciendo el inciso 16.2 del citado artículo que dichas transferencias deben ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego, publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 004-2019 se establecen medidas extraordinarias que contribuyan a

estimular la economía a través del gasto público, en cuyo numeral 2.2 del artículo 2 se autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 1 008 927 132,00 (Mil Ocho Millones Novecientos Veintisiete Mil Ciento Treinta y Dos y 00/100 Soles), a favor de diversos pliegos incluidos en el Anexo 2 "Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia a favor de las entidades del Gobierno Nacional", el cual forma parte integrante de dicha norma; Que, el citado Anexo 2 del referido Decreto de Urgencia señala los pliegos habilitados y los montos de transferencia por pliego, correspondiendo al Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la suma de S/ 10 395 055,00 (Diez Millones Trescientos Noventa y Cinco Mil Cincuenta y Cinco y 00/100 Soles), de la cual corresponde a la Unidad Ejecutora 005: Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", la suma de S/ 10 346 635,00 (Diez Millones Trescientos Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles), para realizar la "Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 257-2019-TR se aprueba la desagregación de los recursos aprobados mediante Decreto de Urgencia N° 004-2019, que autoriza una transferencia de partidas por un monto de S/ 10 395 055,00 (Diez Millones Trescientos Noventa y Cinco Mil Cincuenta y Cinco y 00/100 Soles), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de los cuales S/ 10 346 635,00 (Diez Millones Trescientos Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles) corresponden a la Actividad 5001253: "Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión"; Que, mediante Resolución Directoral N° 114-2019TP/DE se aprueba el "Cronograma de Actividades para Proyectos No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-04, en el marco del Decreto de Urgencia N° 004-2019", conforme al detalle contenido en el Anexo N° 01 que forma parte de dicha Resolución Directoral, y a la "Relación de los proyectos financiados en la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-04, en el marco del Decreto de Urgencia N° 004-2019" (Anexo N° 02); Que, a través del Informe N° 299-2019-TP/DE/ UGPYTOS-CFATEP, la Unidad Gerencial de Proyectos solicita a la Dirección Ejecutiva el inicio del trámite de emisión de la resolución ministerial que apruebe la transferencia financiera para el pago del Aporte Total del Programa que asciende a S/ 10 346 635,00 (Diez Millones Trescientos Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles) a favor de organismos ejecutores del sector público que han suscrito once (11) convenios de ejecución de proyectos, en la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC04, en el marco del Decreto de Urgencia N° 004-2019, con los cuales se estima generar 778 empleos temporales; Que, mediante Informe N° 1325-2019-TP/DE/ UGPPME-CFPP, la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación remite la Certificación del Crédito Presupuestario N° 1119-2019, por el monto de S/ 10 346 635,00 (Diez Millones Trescientos Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Treinta y Cinco y 00/100 Soles), con cargo a los recursos autorizados mediante Decreto de Urgencia N° 004-2019; y, considera procedente que se efectúe la transferencia financiera para el pago del aporte total del Programa de los once (11) convenios de ejecución de proyectos suscritos con los organismos ejecutores en el marco de la intervención No Concursable Especial Norma Expresa (NCOENE) NC-04, cuyo importe total asciende al monto señalado anteriormente, para lo cual se requiere la emisión de la resolución ministerial conforme a lo dispuesto en el numeral iii) del literal a) del inciso 16.1 y el inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, mediante Informe N° 259-2019-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa considera que corresponde solicitar la emisión de la resolución ministerial que apruebe la transferencia financiera antes descrita;

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