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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2019 (02/10/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de octubre de 2019 / El Peruano De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2018-MTC, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2019-MTC, y la Resolución Ministerial N° 015-2019-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y localidades que se detallan a continuación, serán otorgadas mediante Concurso Público: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTO Radiodifusión sonoraFMMañazo Puno Tarucani Arequipa Huayllahuara-Moya-Vilca Huancavelica Pamparomas Ancash Las Lomas Piura Sihuas Ancash Regístrese, comuníquese y publíquese MARIELLA ROSA CARRASCO ALVA Directora General de Autorizacionesen Telecomunicaciones 1812116-1 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Designan Jefa de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración del OSINFOR RESOLUCIÓN DE JEFATURA N° 081-2019-OSINFOR Lima, 1 de octubre de 2019CONSIDERANDO: Que, el Literal g) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2017-PCM, establece que el/la Jefe/a del OSINFOR tiene la función de designar al personal de dirección y de confi anza de la citada Entidad; Que, encontrándose vacante el cargo de Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, resulta necesario designar a el/la servidor/a que desempeñará dicho cargo; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 7° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en uso de la atribución conferida por el Literal g) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2017-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Designar a la señora Johana Natali Barrera Ramirez en el cargo de Jefa de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR (www.osinfor.gob.pe) en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Jefa (e) 1812961-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de julio de 2019 RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 040-2019-OS/GRT Lima, 30 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, con Ley N° 29852 (en adelante la Ley) creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3 un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las distribuidoras eléctricas, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por Osinergmin en que incurran dichas empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, con Resolución Osinergmin N° 187-2014-OS/CD, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 24 de setiembre de 2014, se aprobó la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas” (en adelante la “Norma Costos FISE”), la misma que estableció la fi jación de costos estándares unitarios para el reconocimiento de los costos de implementación y operación del FISE;