TEXTO PAGINA: 67
67 NORMAS LEGALES Jueves 31 de octubre de 2019 El Peruano / señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de las Tasaciones pagadas directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notifi cada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para los lanzamientos o tomas de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (1) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CHONGOYAPE – COCHABAMBA – CAJAMARCA, TRAMO: LLAMA – COCHABAMBA” NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES -PROVIAS NACIONALJUAN BRAVO BRAVO CÓDIGO: LLM-T-214 AREA AFECTADA : 912.22 m2 AFECTACIÓN : Parcial del Inmueble 4,991.10LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: - Por el Norte : Colinda con remanente del mismo predio en línea quebrada de 6 tramos: C-D con 2.60 m, D-E con 7.06 m, E-F con 60.22 m, F-G con 3.50 m, G-H con 1.99 m, H-I con 3.36 m. - Por el Sur: Colinda con la Carretera Llama-Cochabamba en línea quebrada de 5 tramos: K-L con 19.26 m, L-M con 12.93 m, M-N con 7.80 m, -N-O 16.37 m, O-A 19.13 m. - Por el Este: Colinda con la U.C.351690 en línea quebrada de 2 tramos: I-J con 3.56 m, J-K con 7.80 m. - Por el Oeste: Colinda con la U.C.351693 en línea quebrada de 2 tramos: A-B con 10.71 m, B-C con 1.59 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 10.71 721242.7100 9287088.5500 B B-C 1.59 721238.9000 9287098.5600 C C-D 2.60 721238.3742 9287100.0602 D D-E 7.06 721240.9643 9287100.3028 E E-F 60.22 721247.9962 9287100.9119 F F-G 3.50 721308.0030 9287105.9821 G G-H 1.99 721311.4138 9287106.7540 H H-I 3.36 721313.3749 9287106.4360 I I-J 3.56 721316.7197 9287106.7186 J J-K 7.80 721317.0400 9287103.1700 K K-L 19.26 721317.8200 9287095.4100 L L-M 12.93 721298.7000 9287093.1000 M M-N 7.80 721285.8500 9287091.6600 N N-O 16.37 721278.0700 9287091.1400 O O-A 19.13 721261.7000 9287090.8300 PARTIDA REGISTRAL: 11044950 perteneciente a la O fi cina Registral de Chota, Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 24.04.2018 (Informe Técnico Nº 0606-2018-Z.R. Nº II/OC-OR-CHOTA-R) por la O fi cina Registral de Chota, Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 08.08.2018 por la O fi cina Registral de Chota, Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo. 1822690-1 Aprueban ejecución de expropiación de áreas de inmueble afectado por la ejecución de la obra “IIRSA Centro Tramo N° 2 (Puente Ricardo Palma - La Oroya - Huancayo y La Oroya - Desvío Cerro de Pasco)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1001-2019 MTC/01.02 Lima, 30 de octubre de 2019Vista: La Nota de Elevación N° 126-2019-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la Obra: IIRSA Centro Tramo Nº 2 (Puente Ricardo Palma - La Oroya - Huancayo y La Oroya - Desvío