NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (07/09/2019)
CANTIDAD DE PAGINAS: 120
TEXTO PAGINA: 8
8 NORMAS LEGALES Sábado 7 de setiembre de 2019 / El Peruano Recursos Directamente Recaudados, para fi nanciar el desarrollo de intervenciones en materia agraria; innovación agraria, gestión de agua, gestión forestal y de fauna silvestre, sanidad e inocuidad agroalimentaria, acceso al mercado; saneamiento físico legal para la formalización de la propiedad agraria y otras acciones prioritarias de la Política Nacional Agraria; dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular de la entidad, previo informe favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad y se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, el Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI, aprueba la Política Nacional Agraria que se centra en los siguientes ejes: Manejo Sostenible de Agua y Suelos; Desarrollo Forestal y de Fauna Silvestre; Seguridad Jurídica sobre la tierra; Infraestructura y tecni fi cación del riego; Financiamiento y seguro agrario; Innovación y tecni fi cación agraria; Gestión de Riesgo de Desastres en el sector agrario; Desarrollo de capacidades; Reconversión productiva y diversi fi cación; Acceso a mercados; Sanidad Agraria e Inocuidad Agroalimentaria; y, Desarrollo Institucional; Que, a través del O fi cio N° 971-2019-ANA-GG/ OPP, de fecha 04 de setiembre de 2019, el Gerente General de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), sustentándose con el Informe Técnico N° 046-2019-ANA-OPP/UDP de la Unidad de presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, en relación al O fi cio N° 1276-2019-MINAGRI-SG, sustenta la disponibilidad de hasta S/ 7 000 000,00 (SIETE MILLONES Y 00/100 SOLES), para efectuar la transferencia fi nanciera a favor de los Pliegos del Sector Agricultura, para atender las demandas adicionales priorizadas que fi nanciarán la ejecución de intervenciones de gestión forestal y de fauna silvestre e innovación agraria, enmarcadas en la Política Nacional Agraria; Que, mediante el O fi cio N° 1343-2019-MINAGRI-SG, la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego, en relación a la disponibilidad de recursos informada por la Autoridad Nacional del Agua, remite entre otros, el Informe Nº 362-2019-MINAGRI-SG/OGPP-OPRE mediante la cual la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto opina favorablemente respecto a la emisión de la Resolución Jefatural que autorice Transferencias Financieras del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua – ANA a favor de los Pliegos del Sector Agricultura hasta por la suma total S/ 7 000 000,00 (SIETE MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, de los cuales S/ 4 500 000,00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR y S/ 2 500 000,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, en atención a sus demandas adicionales priorizadas que fi nanciarán la ejecución de intervenciones de gestión forestal y de fauna silvestre e innovación agraria, enmarcadas en la Política Nacional Agraria, en el marco de la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019”; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua – ANA, mediante Informe N° 111-2019-ANA--OPP-UDP, solicitó autorizar una “Transferencia Financiera”, con cargo a los recursos de la Actividad Presupuestaria 5000001 “Planeamiento y Presupuesto”, 3999999 “Sin Producto”, de la categoría presupuestaria 9001 “Acciones Centrales” de la Unidad Ejecutora 001-1299: Autoridad Nacional del Agua – Sede Central del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua – ANA, hasta por la suma total S/ 7 000 000,00 (SIETE MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, de los cuales S/ 4 500 000,00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR y S/ 2 500 000,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, en atención a sus demandas adicionales priorizadas que fi nanciarán la ejecución de intervenciones de gestión forestal y de fauna silvestre e innovación agraria, enmarcadas en la Política Nacional Agraria; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal N° 764-2019-ANA-OAJ, luego de la revisión del sustento normativo correspondiente, emitió opinión favorable y remitió el proyecto de acto resolutivo debidamente visado; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar Transferencias Financieras del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua – ANA a favor de los Pliegos del Sector Agricultura hasta por la suma total S/ 7 000 000,00 (SIETE MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, de los cuales S/ 4 500 000,00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR y S/ 2 500 000,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, con la fi nalidad de atender las demandas priorizadas para los Pliegos del Sector Agricultura, a fi n de fi nanciar las actividades priorizadas en el marco de los considerandos precedentes, en el marco de la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019”; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01; la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI; Con los respectivos visados de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar Transferencias Financieras del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua – ANA, hasta por la suma total S/ 7 000 000,00 (SIETE MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR hasta por el monto de S/ 4 500 000,00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) y del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria hasta por el monto de S/ 2 500 000,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES), para fi nanciar la ejecución de intervenciones que se enmarcan en la Política Nacional Agraria, en el marco de la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019”, según se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Las Transferencias Financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente resolución, se atenderán con cargo al presupuesto institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua – ANA, Unidad Ejecutora 001-1299: Autoridad Nacional del Agua – Sede Central, Categoría Presupuestal 9001 “Acciones Centrales”, 3999999 “Sin Producto”, de la Actividad Presupuestaria 5000001 “Planeamiento y Presupuesto”, en la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Jefatural al Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria y al Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, para conocimiento y fi nes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua - ANA. Regístrese y comuníquese.WALTER OBANDO LICERA JefeAutoridad Nacional del Agua 1804997-2