NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (18/09/2019)
CANTIDAD DE PAGINAS: 144
TEXTO PAGINA: 15
15 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de setiembre de 2019 El Peruano / del gasto público y dicta otras medidas, e inciso 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 3 703 623,00 (TRES MILLONES SETECIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS Y 00/100 SOLES), del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, para efectos de lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 30970, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000562 : Concesiones AeroportuariasFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 3 703 623,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 3 703 623,00 ================= A LA: En soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 022 : Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – OSITRAN UNIDAD EJECUTORA 001 : Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – OSITRAN CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5001238 : Supervisión y Fiscalización de Servicios de Infraestructura de Transporte de Uso Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 3 703 623,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 3 703 623,00 ================= Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días hábiles de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.2.2 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi ficaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a la Unidad Ejecutora a elaborar las correspondientes “Notas para Modi ficación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en este Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de esta norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única. Abono en cuenta recaudadora de Fideicomiso Autorízase a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a abonar directamente a la cuenta recaudadora del Fideicomiso constituido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A., mediante Decreto Supremo Nº 137-2006-EF, en la oportunidad y montos que requiera el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el cumplimiento de obligaciones y compromisos contractuales de las concesiones del Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez” y del Primer y Segundo Grupo de Aeropuertos de Provincias del Perú. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas MARIA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1808326-2 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento DECRETO SUPREMO N° 298-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 316-2018-EF, publicado el 24 de diciembre de 2018, se aprobó la operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US$ 70 000 000,00 (SETENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Programa de Inversión Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento en las EPS EMAPACOP, SEDACUSCO, SEDAPAR, SEMAPA Barranca, EMAPA Huacho y EMAPA Huaral; asimismo, el párrafo 4.1 del artículo 4 del Decreto