Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2019 (19/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Jueves 19 de setiembre de 2019 /

El Peruano

establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario Oficial. Que, el Decreto Legislativo N° 958, en sus artículos 16°, 17° y 18°, regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal, así como la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal. Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2017-JUS, se modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especificando en dicha norma que la implementación del mencionado Código, entrará en vigencia en el Distrito Fiscal de Lima Este, el 01 de julio de 2019. Que, por Decreto Supremo Nº 012-2019-JUS, se modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, quedando establecido que la implementación del citado Código, entrará en vigencia en el Distrito Fiscal de Lima Este, el 01 de octubre del año en curso. Que, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 081-2019-MP-FN-JFS, de fecha 19 de julio de 2019 y Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1929-2019-MP-FN, de fecha 23 de julio de 2019, se dictaron las disposiciones sobre la organización Fiscal en el Distrito Fiscal de Lima Este, a fin de adecuarlo para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, creándose despachos y plazas fiscales, así como fortaleciéndose y convirtiéndose despachos en dicho Distrito Fiscal; los mismos que conocerán los procesos de liquidación y adecuación de los casos iniciados con el Código de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciarán con el Nuevo Código Procesal Penal, a partir del 01 de octubre del año en curso. En tal sentido, se hace necesario emitir el resolutivo respectivo en el que se disponga los nombramientos y/o designaciones, según corresponda, del personal fiscal que ocupen provisionalmente los referidos cargos, previa verificación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Marcos Arévalo Torres, Fiscal Adjunto Provincial Titular (Corporativo) Especializado Contra la Criminalidad Organizada de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Huaura, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3406-2015-MP-FN, de fecha 14 de julio de 2015. Artículo Segundo.- Nombrar como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales Transitorias del Distrito Fiscal de Lima Este, designándolas en el Despacho de la Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho, a las siguientes abogadas: · Rocío Acevedo Mayta · Janneth De La Vega Manrique De Ponce · Milagros María Canchucaja Rodríguez · Paola Cecilia Calderón Martínez Artículo Tercero.- Designar al abogado Marcos Arévalo Torres, Fiscal Adjunto Provincial Titular (Corporativo) Especializado Contra la Criminalidad Organizada de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en el Despacho de la Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho, Distrito Fiscal de Lima Este. Artículo Cuarto.- Disponer que los fiscales designados en los artículos segundo y tercero de la presente resolución, a partir de la fecha y hasta el 30 de septiembre de 2019, sean asignados de manera temporal a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores

del Distrito Fiscal de Lima Este, con la finalidad de que presten apoyo en el plan de descarga que ejecuta el referido Distrito Fiscal. Artículo Quinto.- Establecer que el personal fiscal señalado en los artículos segundo y tercero de la presente resolución, inicien sus funciones a partir del 01 de octubre de 2019, en virtud a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2019-JUS. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Huaura y Lima Este, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1808812-3 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2608-2019-MP-FN Lima, 18 de setiembre de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 957, se promulgó el Código Procesal Penal, el mismo que establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario Oficial. Que, el Decreto Legislativo N° 958, en sus artículos 16°, 17° y 18°, regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal, así como la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal. Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2017-JUS, se modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especificando en dicha norma que la implementación del mencionado Código, entrará en vigencia en el Distrito Fiscal de Lima Este, el 01 de julio de 2019. Que, por Decreto Supremo Nº 012-2019-JUS, se modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, quedando establecido que la implementación del citado Código, entrará en vigencia en el Distrito Fiscal de Lima Este, el 01 de octubre del año en curso. Que, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 081-2019-MP-FN-JFS, de fecha 19 de julio de 2019 y Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1929-2019-MP-FN, de fecha 23 de julio de 2019, se dictaron las disposiciones sobre la organización Fiscal en el Distrito Fiscal de Lima Este, a fin de adecuarlo para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, creándose despachos y plazas fiscales, así como fortaleciéndose y convirtiéndose despachos en dicho Distrito Fiscal; los mismos que conocerán los procesos de liquidación y adecuación de los casos iniciados con el Código de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciarán con el Nuevo Código Procesal Penal, a partir del 01 de octubre del año en curso. Que, a través del oficio N° 1290-2019-MP-FN-PJFSDFLE, la abogada Marjorie Nancy Silva Velasco, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, eleva la propuesta para cubrir plazas fiscales de su Distrito Fiscal, en consecuencia se hace necesario nombrar a los fiscales que ocupen provisionalmente dichas plazas, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

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