NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (24/09/2019)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Martes 24 de setiembre de 2019 / El Peruano GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 060 251,00 PRODUCTO 3000671 : Servicios e Instrumentos para la Transferencia de Tecnología e Innovación en la MIPYME ACTIVIDAD 5005090 : Desarrollo e Implementación de Instrumentos para la Transferencia Tecnológica y la InnovaciónFUENTEDE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 450 000,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 1 993 613,00 =========== A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 002 : Instituto Nacional de Estadística e InformáticaUNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Estadística e InformáticaCATEGORIAPRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestales que no Resultan en ProductosACTIVIDAD 5001972 : Encuesta de Empresas y EstablecimientosFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 770 613,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : Donaciones y Transferencias GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 223 000,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 1 993 613,00 =========== Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos por la fuente de fi nanciamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, se presenta en el anexo que forma parte de esta norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Especí fi ca; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en los portales Institucionales del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) y el Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario O fi cial El Peruano. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para elaborar las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.Artículo 3. Limitación al uso de los recursosLos recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de esta norma no se destinan, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas ROCÍO INGRED BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1810170-2 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y dictan disposición complementaria DECRETO SUPREMO N° 303-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, con O fi cios N°s. 711, 724 y 910-2019-MIDIS/ SG, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social solicita recursos adicionales para el fi nanciamiento de la ampliación de cobertura del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza “CONTIGO”, para bene fi ciar a treinta y siete mil (37 000) usuarios adicionales; así como para fi nanciar la adquisición de uniformes para el personal de la Policía Nacional del Perú – PNP, a través de la modalidad de núcleos ejecutores, en el marco del Decreto de Urgencia N° 058-2011 y sus modi fi catorias; Que, con O fi cios N° 034-2019-JF/ONP y N° 131- 2019-OPG/ONP, la O fi cina de Normalización Previsional solicita recursos adicionales para fi nanciar la redención de los bonos de reconocimiento del Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA); Que, con O fi cios N°s. 2295 y 2353-2019-VIVIENDA- SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita recursos adicionales para el fi nanciamiento de Bonos Familiares Habitacionales en la modalidad de Construcción en Sitio Propio; Que, con O fi cios N°s. 03579 y 03613-2019-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación remite la solicitud de recursos adicionales de diez (10) universidades públicas para fi nanciar la ejecución de veintidós (22) inversiones; Que, con O fi cio N° 2067-2019-MTPE/4, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicita recursos adicionales para fi nanciar la ejecución de cuarenta y cinco (45) inversiones; Que, con O fi cio N° 2600-2019-JUS/SG, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita recursos adicionales para fi nanciar la ejecución de doscientos catorce (214) inversiones; Que, el fi nanciamiento de las acciones mencionadas en los considerandos precedentes, no ha sido previsto en el presupuesto institucional del presente año fi scal de los citados pliegos; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de